El 31-03-2011, Persianas Eceiza De Villabona Sl, en ASTEASU (guipúzcoa) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SAN SEBASTIÁN. El número de insolvencia de esta empresa es B20628095. La actividad (principal) de Persianas Eceiza De Villabona Sl es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
Se ha abierto la sección 6.
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Nombre:
Persianas Eceiza De Villabona Sl
Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
B20628095
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia,
ANUNCIA
Que en el procedimiento concursal número 227/2011, en el que figura como concursado "Persianas Eceiza de Villabona, S.L." se ha dictado el 20/7/2018 auto declarando judicialmente cumplido el convenio que había sido aprobado por sentencia al 17/5/2012.
Donostia/San Sebastián, 23 de julio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Aprobación del convenio
- Apertura de la sección seis
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 227/2011, en el que figura como concursado "Persianas Eceiza de Villabona, S.L.", se ha dictado el 17 de mayo de 2012 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por "Persianas Eceiza de Villabona, S.L.", y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 23 de abril de 2012.
2. La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC. El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de cinco días computándose desde la última publicación de este edicto, que ha de publicarse en "Boletín Oficial del Estado".
La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Donostia-San Sebastián, 26 de junio de 2012.- La Secretaria judicial.
- Convocatoria de Junta de Acreedores
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 227/2011 referente al concursado PERSIANAS ECEIZA DE VILLABONA, S.L. se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 23/04/2012, a las 10:40 horas, en Sala n.º 5.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del articulo 115.3 de la LC.
3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el articulo 118 de la LC.
Donostia-San Sebastián, 14 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 227/2011, por auto de 31 de marzo de 2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Persianas Eceiza de Villabona, S.L.", con NIF B-20628095, con domicilio en Barrio Reballara, Caserío Merkaundi, n.º 13, bajo, Asteasu, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Asteasu.
2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC).
Donostia-San Sebastián, 4 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.
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