Don Jorge González RodrÃguez, Letrado titular de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal,
Hago saber:
Primero.- Que por Auto de fecha 16 de mayo de 2018, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA] n.° 000977/2012, NIG n.° 12040-66-2-2012-0001126, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor PIN CERAM, SOCIEDAD LIMITADA, domiciliado en calle CERÃMICA, 4, P. Mijares Almazora- Castellón y CIF/DNI número B12055083.
Segundo.- Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:
PARTE DISPOSITIVA:
"... 1.- Acordar la CONCLUSIÓN del concurso de PIN CERAM, SOCIEDAD LIMITADA seguido bajo el número Concurso Abreviado [CNA], número 000977/2012-IX, y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.
2.- DECLARAR APROBADAS las CUENTAS rendidas por la administración concursal asà como el cese en su cargo del administrador concursal.
3.- En particular, ACORDAR la EXTINCIÓN de la entidad PIN CERAM, SOCIEDAD LIMITADA., disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.
4.- El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artÃculo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artÃculo 24 de la propia LC (artÃculo 177.3 de la LC).
5.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expÃdanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artÃculo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan.
6.- Llévese el original al libro de Autos y déjese testimonio en las actuaciones Sección primera del concurso.
7.- NotÃfiquese el presente Auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso.
Castellón de la Plana, 21 de mayo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González RodrÃguez.