El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia: Que en el procedimiento número 410/14, incidente concursal 867/14, referente al deudor Beca Cash & Carry, S.L., con CIF B-90001645, por Auto de fecha 25 de septiembre de 2014 se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de Beca Cash & Carry, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el n.º 410/14. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este Juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Beca Cash & Carry, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 30 de septiembre de 2014.- La Secretaria judicial.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 410/2014, con NIG 4109142M20130003267, por auto de 04/03/14 se ha declarado en concurso al deudor Beca Cash & Carry, S.L., con CIF: B90001645 domicilio en Avda. de la Buhaira, 10, 1.º mod. 14 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal, designándose a don Luis Serrano de la Rosa. Avda. de Eduardo Dato, 69-3.ª planta, módulo 2. CP 41005 de Sevilla. Tlf. 954 286 102. Fax: 954 278 319, correo-e: ac.becacashcarry@gmail.com
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Sevilla, 18 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.