Edicto
D. Luis Francisco Bernal Martín, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, anuncia:
1. Que en la Sección I Declaración Concurso 410/2013, referente al deudor Pedro José Urieta Gericó, con DNI 18214494N se ha presentado el informe de la Administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).
Huesca, 2 de julio de 2014.- El Secretario judicial.
Edicto
Don Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 410/2013 y NIG n.º 22125 41 1 2013 0019775 se ha dictado en fecha 5 de febrero de 2014 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Pedro José Urieta Gericó, con DNI 18214494N, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Espadilla, n.º 6, de Sallent de Gállego, Huesca.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a la sociedad Gil Mitjavila Asesores Concursales, S.L.P., con domicilio postal en calle Doctor Cerrada, n.º 14-18, escalera 2, piso 3.º A, 50005 de Zaragoza, teléfono 658917620, fax 976226026, y dirección electrónica gmconcursal@gmconcursal.es señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Huesca, 5 de febrero de 2014.- Secretario Judicial.