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Concurso de acreedores Estudio D'Morales Sl

El 29-03-2021, Estudio D'Morales Sl, en FERNAN NUÑEZ (Córdoba) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de CÓRDOBA. El número de insolvencia de esta empresa es B14406342. La actividad (principal) de Estudio D'Morales Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Estudio D'Morales Sl
Localidad:
FERNAN NUÑEZ
Provincia:
Córdoba
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B14406342
Número de insolvencia:
B14406342
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CAMILO JOSE CELA 5
14520 FERNAN NUÑEZ
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-04-2021
A210026394
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

El juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 del TRLC,

Anuncia:

Que en el procedimiento número 173/2020 se ha dictado auto de fecha 29/03/2021 concluyendo el concurso del deudor D. Gabriel Galindo Morales (NIF: 30814606B) cuya parte dispositiva se transcribe de forma literal:

Dispongo:

Conceder a Gabriel Galindo Morales, el beneficio de exoneración de deudas solicitado, siendo que desde este momento el concursado deja de ser deudor de las deudas objeto de este procedimiento indicadas en el fundamento segundo sin perjuicio de poder revocar este beneficio de exoneración de deudas en los casos del art. 492 del TRLC.

La exoneración se extiende a todos los créditos ordinarios y subordinados así reconocidos en este procedimiento, así como a todos los créditos previos a la declaración de concurso consecutivo aún no estando reconocidos en el seno de este proceso sean del tipo que sea, incluyendo expresamente los créditos públicos y por alimentos que tenga alguna de las clasificaciones indicadas.

Se declara concluido el concurso de Gabriel Galindo Morales.

Se aprueba la rendición de cuentas presentadas por la Administración Concursal.

Líbrense los oportunos mandamientos al Registro Civil para la cancelación de la declaración de concurso y la inscripción de la concesión de BEPI.

Contra la presente resolución no cabe recurso.

La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el TRLC.

Córdoba, 6 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Colorado Gámez.

Informes
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