El 07-02-2014, Suministros Pimed Sl, en NUMANCIA DE LA SAGRA (Toledo) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TOLEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B45534310. La actividad (principal) de Suministros Pimed Sl es actividades de construcción especializada.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Nombre:
Suministros Pimed Sl
Localidad:
NUMANCIA DE LA SAGRA
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B45534310
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Conclusión por insuficiencia de masa activa
D.ª María Jesús Gracia Guerrero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil de Toledo, por el presente,
Anuncio: Que en el procedimiento Concurso Abreviado núm. 176/2012, seguido en este órgano judicial, a instancia de la procuradora Ana Isabel Bautista Juárez, en nombre y representación de SUMINISTROS PIMED, S.L., B-45534310, se ha dictado Auto de fecha 04/05/2015, que es Firme, de conclusión y archivo por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los efectos establecidos en el artículo 178 de la L.C. del concursado.
Toledo, 4 de mayo de 2015.- Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
- Cese de los Administradores
Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil de Toledo por el presente
Hago saber:
1º.- Que en el procedimiento concursal seguido en este órgano judicial con el n.º 176/2012 y NIG n.º 45168 41 1 2012 0002729, se ha dictado en fecha 07/02/2014 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Suministros Pimed, S.L., con CIF n.º B-45534310, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Juan Carlos I, núm. 46, de Numancia de la Sagra.
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal al Economista Carmelo Scarlatti Rincon con domicilio postal en calle Costanilla de San Lázaro, núm. 8, de Toledo (45003), y dirección electrónica: suministrospimed@centroprotecciondatos.net, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
En Toledo, 7 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.
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