Doña Esther Domínguez Gutiérrez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal abreviado número 81/2013, seguido frente a la deudora mercantil, Socio Asistencial de Gestión, S.L., con CIF:B-83840678, por auto de fecha 27 de Julio de 2016 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de bienes.
2. Se acuerda el cese definitivo del administrador concursal designado, el Letrado D. Miguel Ángel Manzano Rodríguez.
3. Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, sin que proceda la extinción de la mercantil.
4. La concursada quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares.
Ciudad Real, 27 de julio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
D.ª María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, anuncia:
1.º Que en los autos de concurso voluntario abreviado seguido en este órgano judicial con el n.º 81/13 de la deudora "SOCIO ASISTENCIAL GESTIÓN, S.L.", con CIF: B-83840678, se ha dictado en fecha 25 de junio de 2014, auto por el que se ha aprobado el plan de liquidación presentado por la administración concursal.
2.º Acordada la apertura de la sección sexta de conformidad a lo establecido en el artículo 167 de la LC, en los diez días siguientes a la última publicación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá alegar por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
3.º De acuerdo con el artículo 169 LC, dentro de los quince días siguientes al de expiración de los plazos para la personación de los interesados, la administración concursal presentara al juez un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.
Ciudad Real, 25 de junio de 2014.- Secretaria Judicial.
Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, anuncia:
1. Que en la sección primera del concurso voluntario abreviado n.º 81/2013, referente al deudor "SOCIO ASISTENCIAL GESTIÓN, S.L.", con CIF: B83840678, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. Los interesados en el plazo de diez días, computados desde la última publicación, podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen les es perjudicial. De conformidad con lo dispuesto en el art. 191.4 LC y habida cuenta que nos encontramos ante un concurso abreviado, no se incoará de modo inmediato incidente de impugnación, sino que se dará el trámite en previsto en dicho precepto. No obstante lo anterior, las partes deberán presentar dicha impugnación, en forma de demanda incidental, con los requisitos legalmente previstos, pues de existir oposición, se procedería de acuerdo con lo dispuesto en el art. 191.4 tercer párrafo, sin más trámite.
3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).
Ciudad Real, 3 de febrero de 2014.- Secretaria Judicial.