El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
Que en el procedimiento número 257/2014-5, con NIG 4109142M20140000647 por auto de fecha 16 de noviembre de 2016 se ha declarado la conclusión del concurso de la entidad CristalerÃas y acristalamientos Erausquin Sevilla S.A., con CIF nº A-41948159 y con domicilio social en Guillena (Sevilla), C/ Juan de la Cierva, PolÃg. El Esparragal 3. Se declara la extinción de la sociedad concursada y el cese del administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo.
Sevilla, 16 de noviembre de 2016.- La Letrada de la administración de justicia.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1.º Que en el procedimiento número 257/2014-5, con NIG 4109142M20140000647, por Auto de 11 de febrero de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor CRISTALERÍAS Y ACRISTALAMIENTOS ERAUSQUIN SEVILLA, S.A., con CIF n.º A-41948159, y con domicilio social en Guillena (Sevilla), calle Juan de la Cierva, Polígono "El Esparragal 3".
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, directamente ante la Administración Concursal, al Letrado don Enrique Murube Fernández, con despacho profesional en Sevilla, en avenida Diego Martínez Barrio, n.º 1, 1.º A. Correo electrónico: emf@mdpabogados.com, teléfono 954 23 55 92, fax: 954 23 48 22, bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Sevilla, 17 de febrero de 2014.- La Secretaria judicial.