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Concurso de acreedores Casutermik 2000 Sl (En Liquidacion)

El 12-12-2013, Casutermik 2000 Sl (En Liquidacion), en NOAIN (Navarra) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PAMPLONA. El número de insolvencia de esta empresa es B31799190. La actividad (principal) de Casutermik 2000 Sl (En Liquidacion) es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
Se ha abierto la sección 5.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Casutermik 2000 Sl (En Liquidacion)
Localidad:
NOAIN
Provincia:
Navarra
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B31799190
Número de insolvencia:
B31799190
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
D (POL INDUSTRIAL TALLUNTXE II) 13
31110 NOAIN
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-05-2014
A140027485
 
  • Plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000602/2013, referente al concursado Casutermik 2000, S.L., con CIF: B 31799190, con domicilio en Pol. Ind. Talluntxe II C/D, nave 13, de Noáin (Valle de Elorz) Noain (Elortzibar), por auto de fecha 7 de mayo de 2014 se ha acordado lo siguiente:

1.º Se aprueba el plan de liquidación presentado por la Administración Concursal al cual deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

La venta directa de los activos que se propone en el plan, se efectuarán con las precisiones contenidas en el tercero de los fundamentos de derecho de esta resolución.

2.º Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la LC.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los Administradores Concursales presentarán un plan razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

3.º Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el BOE, de forma gratuíta.

4.º Una vez firme la presente resolución, expídase mandamiento al Registro Mercantil a fin de que proceda a su inscripción, conforme al art. 324 del reglamento del Registro Mercantil.

Notifíquese y adviértase que contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de veinte días.

Pamplona/Iruña, 7 de mayo de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.

08-04-2014
A140013116
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el concurso abreviado número 0000602/2013, NIG 3120147120130000611 referente al concursado Casutermik 2000, SL, por decreto de fecha 27 de febrero de 2014 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir de oficio la fase de liquidación de la entidad Casutermik 2000, SL, formándose con testimonio de esta resolución la sección 5.ª, que comprenderá lo relativo a la liquidación, cuyo original se unirá a la sección 1.ª

2.- Declarar la disolución de la referida sociedad.

3.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal.

4.- Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por el administrador concursal designado en este procedimiento, a fin de proceder a la liquidación de la sociedad de conformidad con lo establecido en la ley, a cuyo fin deberá presentar en el plazo improrrogable de quince días desde la notificación de la presente resolución, un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada, conforme a lo dispuesto en el art. 148 de la LC.

5.- Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios del Juzgado.

6.- Expídase mandamiento al Registrador Mercantil de Navarra, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la inscripción de lo acordado.

Hágase entrega de los despachos al procurador de la concursada para que cuide de su diligenciado, cosa que deberá acreditar en este Juzgado en el plazo de diez días.

Pamplona/Iruña, 27 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

05-03-2014
A140009067
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 0000602/2013 referente al deudor Casutermik 2000, S.L., con CIF B 31799180, con domicilio en Pol. Ind. Talluntxe II C/D, nave 13, de Noáin (Valle de Elorz)/Noain (Elortzibar), se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE.

Dentro del plazo de diez días, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3.- Para hacerlo será necesaria la asistencia letrada y la representación por medio de procurador.

Pamplona/Iruña, 21 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

03-01-2014
A130071634
 
  • Auto de declaración de concurso
 

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el concurso abreviado número 0000602/2013 NIG 3120147120130000611, por auto de 12 de diciembre de 2013 se ha declarado en concurso de materia voluntaria al deudor Casutermik 2000, S.L., con CIF B-31799190, con domicilio en Pol. Ind. Tallentxe II c/d, Nave 13 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Noain.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de adminiistración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus creditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La administración concursal está integrada por don Martín-José Fagoaga Rekalde, con domicilio postal en 31008 de Pamplona/Iruña, Avda. Sancho el Fuerte, n.º 77 - 1.º Of. B y dirección electrónica: ac.602-2013@fagoaga.net

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC).

Pamplona/Iruña, 18 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
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