El 30-09-2009, Pizarras Villar Del Rey S.L., en VILLAR DEL REY (Badajoz) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BADAJOZ. El número de insolvencia de esta empresa es B06024087. La actividad (principal) de Pizarras Villar Del Rey S.L. es otras industrias extractivas.
La Junta de Acreedores está planificada.
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Nombre:
Pizarras Villar Del Rey S.L.
Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
B06024087
Grupo
Extracción de recursos minerales
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Cese de los Administradores
- Se deja sin efecto la fase de convenio
- Apertura de la fase de liquidación
El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Badajoz,
Anuncia: Que el procedimiento concursal número concurso abreviado 0001462 /2009 referente al concursado Pizarras Villar del Rey, S.L., por auto de fecha 25-4-12 ha acordado lo siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 27-9-11, por no haberse aceptado ninguna propuesta de convenio.
2.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
5.- Se declara la disolución de la entidad concursada y el cese de sus administradores.
Badajoz, 30 de abril de 2012.- Secretario Judicial.
- Convocatoria de Junta de Acreedores
El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 de Badajoz, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 1.462/2009 referente al concursado PIZARRAS VILLAR DEL REY, S.L., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 23 de abril de 2012, a las 9:30 horas, en la Sala de Audiencias de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz.
2. Se someterán a la deliberación y, en su caso, aprobación de la Junta la/s propuesta/s de convenio presentado/s por PIZARRAS VILLAR DEL REY, S.L.
Dichas propuestas, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaria del Juzgado.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del articulo 115.3 de la LC.
3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Badajoz, 8 de marzo de 2012.- Secretario Judicial.
- Presentación del Informe de la administración concursal
- Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
Edicto
El Juzgado de Primera Instancia número 6 y de lo Mercantil de Badajoz, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 1462/2009 referente al deudor Pizarras Villar del Rey, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de Primera Instancia.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
Badajoz, 30 de noviembre de 2009.- El/La Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.
El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Badajoz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 1462/2009, por auto de 30 de septiembre de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Pizarras Villar del Rey SL, con domicilio en Finca el Bodonal de Villar del Rey (Badajoz) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Villar del Rey (Badajoz).
2º. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de Quince Días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial de Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 148.3 LC).
Badajoz, 1 de octubre de 2009.- El/La Secretario Judicial.
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