E D I C T O
Dª. Mª Ines Santiago Alejos, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 2 de Zamora, con competencia exclusiva Mercantil, por el presente, anuncio:
1º.- Que en los autos de declaración de concurso 495/2013 seguidos en este órgano judicial, del deudor Autopalas Zamora, S.L., con cif B49108038, se ha dictado en fecha 08/07/2020, auto de conclusión del citado concurso, el cual tiene carácter de resolución firme.
2º. Que en dicha resolución se declaran aprobadas las cuentas rendidas por la Administración Concursal.
3º.- Asimismo en dicha resolución se declara extinguida la mercantil Autopalas Zamora, S.L., procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el registro mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado registro, y el archivo del procedimiento.
Zamora, 8 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, M.ª Ines Santiago Alejos.
Edicto
Doña Belén Iglesias Refoyo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 y Mercantil de Zamora, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración de concurso n.º 495/2013 y NIG n.º 49275 41 1 2013 0004902, se ha dictado en fecha 13/11/2013, auto de declaración de concurso voluntario del deudor Auto Palas Zamora, S.L., con CIF n.º B-49108038, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Carretera Villacastín-Vigo Km 274 de la localidad de Valcabado (Zamora).
2.º Se ha acordado la disolución de Auto Palas Zamora, S.L., el cese de los Liquidadores que serán sustituidos por la administradora concursal y la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.
Se ha designado, como administración concursal a don Miguel Ángel Iglesias de Sena, con domicilio postal en calle San Torcuato, n.º 6-1.ºC de Zamora y dirección electrónica señalada auditoria@astemsa.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es
Zamora, 18 de noviembre de 2013.- Secretaria Judicial.