Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Turolense De Desarrollo Porcino Sl.

El 18-11-2013, Turolense De Desarrollo Porcino Sl., en TORRALBA DE LOS SISONES (Teruel) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TERUEL. El número de insolvencia de esta empresa es B44243244. La actividad (principal) de Turolense De Desarrollo Porcino Sl. es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Turolense De Desarrollo Porcino Sl.
Localidad:
TORRALBA DE LOS SISONES
Provincia:
Teruel
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B44243244
Número de insolvencia:
B44243244
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Agricultura, silvicultura y pesca
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PD :
CARRATORNOS 0
44359 TORRALBA DE LOS SISONES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-07-2014
A140036152
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña Laura Hernández Marzo, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 (Mercantil) de Teruel, por el presente, anuncio:

1.- Que en el Sección I Declaración Concurso 0000404/2013, seguido en este órgano judicial, instado por la procuradora Sra. María José Bernal Rubio, en nombre y representación de Turolense de Desarrollo Porcino, S.L., con CIF B-44243244, con domicilio en Partida Carratornos, s/n, 44359 Torralba de Sisones (Teruel), en el cual se ha dictado un auto de fecha doce de mayo de dos mil catorce, del siguiente tenor literal:

"Auto n.º 37/2014.

Juez/Magistrado-Juez.

Sr./a: JUAN JOSÉ CORTÉS HIDALGO.

En Teruel, a doce de mayo de dos mil catorce.

Antecedentes de hecho

Primero.- Por la Procuradora Sra. JUANA MARÍA GÁLVEZ ALMAZÁN, en nombre y representación de la Administración Concursal se presentó escrito por el que se solicitaba que habiéndose producido el pago de la totalidad de los créditos reconocidos, se procediera a decretar la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones.

Segundo.- De dicho escrito, se dio traslado a la Administración Concursal a los efectos de que presentara el informe del artículo 176.2 de la LC el que una vez presentado se ha puesto de manifiesto por quince días a todas las partes personadas, no formulándose oposición en el referido plazo.

Parte Dispositiva

Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del concurso TUROLENSE DE DESARROLLO PORCINO, S.L., instado en su día por el procurador de lo tribunales MARÍA JOSÉ BERNAL RUBIO, en nombre y representación de TUROLENSE DE DESARROLLO PORCINO, S.L.

2.- Archivar las actuaciones por la íntegra satisfacción de los acreedores por cualquier otro medio.

3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

4.- Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios del Juzgado y en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal, y asimismo la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos al Registro Mercantil de Teruel, a los fines de que proceda a la anotación del cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Conforme a lo previsto en el artículo 323 del Reglamento del Registro Mercantil, en su caso, remítase certificación a todos los registro de bienes en los que el deudor tiene inscritos sus bienes a los que en su día se remitieron las de declaración de concurso.

5.- Aprobar la rendición de cuentas de su actuación presentada por el administrador separado y cesado en el presente concurso.

6.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución.

Modo de impugnación: Recurso de apelación, que se interpondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de aquella.

Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos, sin que en ningún caso proceda actuar en sentido contrario a lo resuelto (artículo 456.2 LEC).

Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banco Santander en la cuenta de este expediente 4275000052040413 indicando, en el campo "concepto" la indicación "Recurso" seguida del código "02 Civil-Apelación". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación "recurso" seguida del código "02 Civil-Apelación"

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Así lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

El/la Juez-Magistrado. El/la Secretario/a Judicial."

Teruel, 3 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

22-02-2014
A140007050
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

D.ª Laura Hernández Marzo, Secretaria Judicial del Jdo. de 1.ª Inst. e Instrucción (Mercantil) n.º 1 de Teruel, Anuncia:

1.- Que en la Sección I Declaración Concurso 0000404/2013, referente al deudor Turolense de desarrollo Porcino, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).

Teruel, 7 de febrero de 2014.- La Secretaria Judicial.

03-12-2013
A130066008
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Doña Susana Aquillue Sebastián, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción (Mercantil) n.º 1 de Teruel, por el presente, hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Seccion I Declaración Concurso 0000404/2013 se ha dictado en fecha ocho de noviembre de dos mil trece Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Turolense de Desarrollo Porcino, S.L., con CIF B-44243244, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Partida Carratornos, s/n, 44356 Torralba de los Sisones (Teruel).

2.º-Se ha acordado que el deudor conservara las facultadas de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de estas a la intervención de la Administración, mediante su autorización o conformidad.

Se ha designado, como administración concursal a letrado don Florentino Vivancos Gasset, con domicilio postal en Calle Boix Ymorer, n.º 9, planta 1, oficina 1, 28003 Madrid y dirección electrónica señalada despacho@vivancosabogados.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrados (artículo 184.3 de la LC).

Teruel, 18 de noviembre de 2013.- La Secretaria judicial.

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