Desestima la pretensión de la empresa de que el importe del canon de saneamiento se descuente de la liquidación de la Confederación
Desestima la pretensión de la empresa de que el importe del canon de saneamiento se descuente de la liquidación de la Confederación
SANTANDER, 30 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso de Sniace contra la sentencia de la Audiencia Nacional que anuló la liquidación de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico por el canon de control de vertidos no autorizados al río Saja correspondiente al año 2007, por importe de tres millones de euros, y ha desestimado la pretensión de la empresa de que el importe del canon de saneamiento se descuente de la liquidación del canon de vertidos.
La Audiencia Nacional estimó parcialmente en febrero de 2013 un recurso de Sniace y sentenció que la liquidación era ajustada a derecho, pero que la aplicación del coeficiente máximo de mayoración para la determinación del canon de control de vertidos "de forma automática y sin justificar su procedencia" era "incorrecta", por lo que anuló la liquidación "sin perjuicio de que la CHC pueda practicar, en su caso, una nueva liquidación".