Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Divine Opaline Sl

El 15-07-2013, Divine Opaline Sl, en SANT JOAN D'ALACANT (Alicante) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B53808077. La actividad (principal) de Divine Opaline Sl es otros servicios personales.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Divine Opaline Sl
Localidad:
SANT JOAN D'ALACANT
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B53808077
Número de insolvencia:
B53808077
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Otros servicios
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DOCTOR SEVERO OCHOA 0
03550 SANT JOAN D'ALACANT
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-10-2015
A150043086
 
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Doña CRISTINA CIFO GONZÁLEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante,

Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se sigue concurso de acreedores n.º 538/13 I en que ha recaído auto de fecha 30 de septiembre de 2015 cuya parte dispositiva es de este tenor literal:

1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de DIVINE OPALINE, S.L., con CIF B53808077.

2. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

3.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.

4.- Se acuerda la extinción de DIVINE OPALINE, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.

5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 30 de julio de 2015.

6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil

Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de cinco días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora.

Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177).

Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario.

Alicante, 1 de octubre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia.

22-10-2013
A130056964
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado Mercantil número 1 de Alicante anuncia:

1:- De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el/los Administrador/es Concursal/es, proveído por resolución de fecha 7 de octubre de 2013, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el Nº 538/13 I: y de la concursada Divine Opaline, S.L.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda ( art 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de diez días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto.

Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Alicante, 7 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

06-08-2013
A130045464
 
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero.-Que por auto de fecha 15/07/2013 en el procedimiento con número de autos 538/13 y NIG 03014-66-2-2013-0001214:

i) Se declara el estado de concurso voluntario abreviado de la mercantil Divine Opaline, S.L. con CIF B-53808077, y domicilio en San Juan de Alicante (Alicante), calle Doctor Severo Ochoa, n.º 4, Urbanización Ática, bloque 2, local A, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 2.704, folio 138, hoja A-79.432.

ii) Se declara la disolución de la mercantil Divine Opaline, S.L. y el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. Consta que el deudor ha interesado la liquidación.

Segundo.-Que al deudor se le han suspendido sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal.

Tercero.-Que ha sido nombrado administrador concursal don Juan Enrique Pérez Camallonga en calidad de Abogado, con domicilio postal en calle Rafael Altamira, n.º 12-1.º Alicante, teléfono 965208803 y dirección de correo electrónico: info@jcmabogados.com, para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presenta en el "Boletín Oficial del Estado".

Alicante, 25 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

15-07-2013
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso
 
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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