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Concurso de acreedores terminado Terramar Mediterranea Sl

El 25-04-2013, Terramar Mediterranea Sl, en ALTURA (Castellón) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número de insolvencia de esta empresa es B12660510. La actividad (principal) de Terramar Mediterranea Sl es actividades inmobiliarias.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Terramar Mediterranea Sl
Localidad:
ALTURA
Provincia:
Castellón
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B12660510
Número de insolvencia:
B12660510
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
SANTUARIO 120
12410 ALTURA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
15-06-2016
A160035571
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

D. Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 2-2-2016, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado n.º 000166/2013 N.I.G. n.° 12040-66-2-2013-0000188, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor "Terramar Mediterránea, S.L.", domiciliado en Altura (Castellón), Avenida Santuario, 120 y C.I.F./D.N.I. número B-12/678942.

Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta:

Parte dispositiva:

"...1.- Acordar la Conclusión del concurso de Terramar Mediterránea, S.L. seguido bajo el número Concurso Abreviado número 000166/2013-IV, y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello.

2.- Declarar Aprobadas las Cuentas rendidas por la administración concursal, así como el cese en su cargo del administrador concursal.

3.- En particular, Acordar la Extinción de la entidad "Terramar Mediterránea, S.L.", disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.

4.- El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículo 177.3 de la LC).

5.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 178.3 de la LC) a los registros públicos que correspondan.

6.- Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso.

7.- Notifíquese el presente auto a la administración concursa!, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso

Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 177.1 de la LC).

Magistrado Letrado de la Administración de Justicia.

Castellón, 12 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

30-07-2013
A130044369
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Doña Nieves Pérez Ibáñez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 25/4/13, dictado en el procedimiento de concurso abreviado n.º 000166/2013, N.I.G. n.º 12040-66-2-2013-0000188, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor "Terramar Mediterranea, SL", domiciliado en Avenida Santuario, 120 Altura, y C.I.F./D.N.I. número B-12660510.

Segundo: Que se ha determinado el régimen de Intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a D. Vicent Josep Frias Diago, con domicilio en C/ Karl Raimund Popper Núm. 9, 6é B 12003 Castellón de la Plana y dirección electrónica vfriasdiag@icacs.com, a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.

Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado".

Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Castellón, 20 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

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