Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Corporacion Turistica Valdeazogues Sl

El 30-05-2011, Corporacion Turistica Valdeazogues Sl, en ALMADEN (Ciudad Real) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CIUDAD REAL. El número de insolvencia de esta empresa es B13350723. La actividad (principal) de Corporacion Turistica Valdeazogues Sl es servicios de alojamiento.
El concurso ha concluido.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Corporacion Turistica Valdeazogues Sl
Localidad:
ALMADEN
Provincia:
Ciudad Real
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B13350723
Número de insolvencia:
B13350723
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PZ :
WALDO FERRER 0
13400 ALMADEN
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-03-2016
A160010961
 
  • Conclusión del concurso
 

D. Rafael Villar Herrera, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

1. Que en el procedimiento concursal abreviado n.º 1081/10, seguido frente al deudor concursado "Corporación Turística Valdeazogues, S.L.", por auto de fecha 01/03/2016 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso de la citada entidad.

2. Se acuerda el cierre de la hoja de inscripción de la entidad "Corporación Turística Valdeazogues, S.L." en el Registro Mercantil.

3. Se acuerda el cese definitivo del administrador concursal designada Don Bernardo Cortés Céspedes.

4. La entidad "Corporación Turística Valdeazogues, S.L." quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare uno nuevo.

Ciudad Real, 4 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

06-05-2014
A140021629
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Doña María Pilar Moreno Arenas, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, anuncia:

1. Se declara finalizada la fase común del procedimiento concursal 1081/2010, del deudor "CORPORACIÓN TURÍSTICA VALDEAZOGUES, S.L."

2. Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3. La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.

4. Se declara disuelta la mercantil concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

5. Se acuerda el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

6. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el registro público concursal, caso de su existencia.

7. Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

Ciudad Real, 22 de abril de 2014.- Secretaria judicial.

06-11-2012
A120075821
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente,

Hago saber:

1.- Que en la Sección I de Declaración Concurso de los autos de concurso abreviado voluntario n.º 0001081/2010, referente al deudor Corporación Turística Valdeazogues, S.L., con CIF. n.º B-13350723, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este órgano judicial y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).

Ciudad Real, 29 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

04-06-2011
46622
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

1.º Que en la sección I de declaración del concurso de los autos de concurso abreviado voluntario seguidos en este órgano judicial con el n.º 1081/2010-A se ha dictado en fecha 30-05-2011 auto de declaración de concurso voluntario de la entidad deudora "Corporación Turística Valdeazogues, S.L.", con CIF. nº B-13350723 y domicilio social en plaza de Waldo Ferrer, s/n.º, de la localidad de Almadén (Ciudad Real), cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicha localidad.

2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio que seguirá ejerciendo la deudora quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del/de los Administrador/es concursal/es, mediante su autorización o conformidad.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 30 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos