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Concurso de acreedores Fracar Sociedad Limitada

El 24-06-2013, Fracar Sociedad Limitada, en RINCON DE SOTO (La Rioja) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LOGROÑO. El número de insolvencia de esta empresa es B26028910. La actividad (principal) de Fracar Sociedad Limitada es fabricación de muebles.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Fracar Sociedad Limitada
Localidad:
RINCON DE SOTO
Provincia:
La Rioja
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B26028910
Número de insolvencia:
B26028910
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
NACIONAL 232 (LOGROÑO - ZARAGOZA KM 60) 0
26550 RINCON DE SOTO
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
10-04-2014
A140014498
 
  • Plan de liquidación
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 434/13 referente a la entidad FRACAR, S.L., con fecha veinte de marzo de dos mil catorce se ha dictado Auto, mediante el cual se ha acordado lo siguiente:

1.- Aprobar el plan de liquidación presentado por la administración concursal de FRACAR, S.L., al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

2.- Recordar a la administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.

3.- Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de La Rioja, a fin de que se lleve a cabo la correspondiente inscripción, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.2 de la Ley Concursal.

4.- Se acuerda la formación de la sección sexta, que se encabezará con testimonio de esta resolución y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiera presentado el deudor con su solicitud y a requerimiento del Juez, del informe y de los textos definitivos. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en la Ley Concursal, se va a otorgar al auto que aprueba el plan de liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

5.- Anúnciese por edictos la presente resolución por la que se aprueba el plan de liquidación, así como la formación de la sección sexta (de calificación del concurso), que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

6.- Notificar la presenta resolución al deudor y a los acreedores personados.

Logroño, 20 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

05-02-2014
A140004087
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 434/13 referente a la entidad FRACAR, S.L., con domicilio social en Carretera de Logroño, km 60, de Rincón de Soto (La Rioja), y CIF B-26028910, por auto de fecha tres de enero de dos mil catorce se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art. 142.1.2.º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose la sección quinta del concurso.

2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursa sobre su patrimonio.

3.- La disolución de la entidad concursa, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

4.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Este edicto se publicará en el B.O.E. y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Logroño, 3 de enero de 2014.- El/La Secretario/a Judicial.

15-10-2013
A130056091
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño, anuncia:

1.- Que en el Sección I, Declaración Concurso 434/2013, referente al deudor Fracar, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).

Logroño, 27 de septiembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

22-07-2013
A130042608
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

D.ª María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 434/2013, Sección I Declaración concurso voluntario abreviado y NIG 26089 42 1 2013 0002730, se ha dictado en fecha 24 de junio de 2013, Auto de Declaración de Concurso del deudor "Fracar, S.L.", con domicilio en Rincón de Soto (La Rioja), carretera de Logroño, km 60, y CIF B-26028910.

2.º Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como Administración concursal a la sociedad "SIO2 ABOGADOS Y ECONOMISTAS, S.L.P.", habiendo aceptado el cargo en su condición de administrador de la misma la economista doña Olga Pascual Cabezón, con domicilio profesional en Logroño, calle Hermanos Moroy, n.º 1, entreplanta, y dirección electrónica señalada concursal@sio-2.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Logroño, 3 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

Informes
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