Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Viatrio Ingenieros Sl

El 19-10-2012, Viatrio Ingenieros Sl, en TEGUESTE CASCO (Tenerife) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SANTA CRUZ DE TENERIFE. El número de insolvencia de esta empresa es B38383592. La actividad (principal) de Viatrio Ingenieros Sl es servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Viatrio Ingenieros Sl
Localidad:
TEGUESTE CASCO
Provincia:
Tenerife
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B38383592
Número de insolvencia:
B38383592
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
PORTEZUELO LAS TOSCAS 362
38280 TEGUESTE CASCO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-11-2014
A140053269
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Cédula de notificación

Don CRISTO JONAY PÉREZ RIVEROL, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal 74/2012, de la entidad Viatrio Ingenieros, S.L., se ha dictado Auto de fecha 14 de octubre de 2014, por la Juez en funciones doña María Henar Torres Martín, cuyos puntos principales es del tenor literal siguiente:

"Poner fin a la fase de convenio y la apertura de la fase de liquidación en esta misma Sección.- De la presente resolución dese la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. Se declara la disolución de la Concursada, de la entidad Viatrio Ingenieros, S.L., se acuerda el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; igualmente, se acuerda la suspensión de la concursada en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley, pasando a realizar tales funciones los administradores concursales.

Líbrese oportuno mandamiento al Registro Mercantil de esta ciudad, para hacer constar tales extremos en las inscripciones-secciones que obren de la referida concursada. Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados, si los hubiera, y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Se hace saber a la Administración Concursal, que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de suspensión del presente procedimiento. Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe."

Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo), extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 14 de octubre de 2014.- El Secretario judicial.

12-06-2014
A140022919
 

Edicto.

Cédula de notificación

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal 74/2012, de la entidad Viatrio Ingenieros, S.L., se ha dictado auto, de fecha 21 de abril de 2014, cuyos puntos principales es del tenor literal siguiente:

"Acuerdo: Cerrar la fase común, abrir la fase quinta de Convenio.

El plazo para la presentación de propuestas ordinarias de convenio finalizará en todo caso 5 días después de la notificación del informe del administrador concursal.

Dese publicidad a este auto, conforme al artículo 23 LC, y notifíquese al Administrador concursal y a las partes personadas en el concurso.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Así lo dispone, manda y firma doña Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe.

Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuíta en el Boletín Oficial del estado (de conformidad con la redacción recogida en el real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo)", extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 23 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.

01-06-2013
A130029526
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto. Cédula de notificación.

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento concursal 74-2012, de la entidad "Viatrio Ingenieros, S.L." se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 9 de mayo de 2013 cuyos puntos principales son del tenor literal siguiente:

"Igualmente, por recibido el anterior escrito del Juzgado Decano de este Partido Judicial, presentado por el Administrador Concursal (registro 199/13 y R.M. 199/13), quede unido a la presente sección; téngase por presentado el informe previsto en el artículo 74 de la Ley Concursal, y de conformidad con lo establecido en el artículo 95.2 del referido texto legal, procédase a su anuncio por medio de edictos, que se publicarán en el 'Boletín Oficial del Estado' (publicación gratuita, de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo), y en el tablón de anuncios de este Juzgado, haciéndole entrega al Procurador solicitante del concurso del oficio y edicto librado, conforme establece el artículo 23 del mencionado texto legal. Póngase en conocimiento, al mismo tiempo, a los interesados no personados, que queda de manifiesto en esta Secretaría, pudiendo consultar dicho informe y disponiendo del plazo de diez días para impugnar el inventario y la lista de acreedores, ello, conforme a los términos establecidos en los artículos 95.2, 96 y 97 de la Ley Concursal, ello, respetándose los distintos plazos establecidos en el artículo 12, puntos cuatro, cinco y seis, de la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria octava, punto 2.º".

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el "Boletín Oficial del Estado" (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo), extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 9 de mayo de 2013.- El secretario judicial.

19-10-2012
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario abreviado a la entidad VIATRIO INGENIEROS, S.L. con C.I.F. B-38383592 ,y se declara abierta la fase común del concurso. Se nombra a Don Roberto Elices Palomar, miembro único de la administración concursal, quien además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor que realice éste, al acordarse la intervención de dichas facultades, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal. Comuníquese el nombramiento al interesado, a fin de que en el plazo de cinco días desde su recibo comparezcan ante el Juzgado y manifieste si acepta o no el encargo o si concurre alguna causa de recusación, debiendo acreditar que tiene suscrito seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente- artículo 29 LC-. Llámese , de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 21.5° y 85 de la Ley Concursal- redacción dada por ley 38/11 de 10 de octubre- , a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de 1 MES a contar desde el siguiente al de la publicación acordada en este Auto (B.O.E.), comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por el administración concursal al tiempo de la aceptación del cargo. Una vez se haya producido la aceptación del cargo por la Administración concursa!, se publicará el edicto con extracto de esta resolución en el BOE, se librará mandamiento al Registro Mercantil y los oficios a los Juzgados Decanos de cada partido judicial. La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 LC. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores. Publíquese extracto de la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado de conformidad con lo previsto ad 23.1 de la LC en su nueva redacción dada por el RDL 3/09, de 27 de marzo.
Informes
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