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Concurso de acreedores terminado Mj & S Expertos Inmobiliarios Sl

El 17-12-2012, Mj & S Expertos Inmobiliarios Sl, en MARIN (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36355311. La actividad (principal) de Mj & S Expertos Inmobiliarios Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Mj & S Expertos Inmobiliarios Sl
Localidad:
MARIN
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B36355311
Número de insolvencia:
B36355311
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CM :
TORRES 0
36900 MARIN
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-02-2021
A210005183
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

EDICTO

D. José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. Do Mercantil nº. 1 de Pontevedra, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 277/2012 y NIG nº 36038 47 1 2012 0000275 se ha dictado en fecha 25 de enero de 2021 Auto de Conclusión de Concurso Voluntario del deudor MJ & S EXPERTOS INMOBILIARIOS, S.L.

Dicho auto, en su parte dispositiva dice:

"1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de MJ & S EXPERTOS INMOBILIARIOS, S.L., CIF B-36.355.311. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Tomo y Libro 2471 de sociedades, Sección 8ª, Folio 60, Hoja PO-25.552, inscripción 6ª, con domicilio social en calle Callejón Torres, 4, bajo, de Marín, con los efectos legales inherentes.

2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los Administradores concursales.

4.- Se acuerda la extinción de la sociedad MJ & S EXPERTOS INMOBILIARIOS, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme."

Pontevedra, 25 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.

21-12-2013
A130068842
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección V, Convenio 277/2012 y NIG número 360347120120000275, se ha dictado en fecha 19 de noviembre de 2013 auto que acuerda los siguiente:

Primero.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso, finalizando la fase de convenio.

Segundo.- Quedar, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título tercero de la Ley Concursal.

Tercero.- Se declara disuelta a MJ & S Expertos Inmobiliarios, S.L., CIF B-36.355.311, cesando en su función sus administradores, que son sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

Cuarto.- Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

Quinto.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el Registro Público Concursal, en el caso de estar operativo y en el tablón de anuncios del Juzgado.

Sexto.- Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Pontevedra y a los demás registros donde se procedió su anotación, en su día, de la declaración de concurso.

Séptimo.- Requerir a la administración concursal para que en plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Pontevedra, 22 de noviembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

07-02-2013
A130005204
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos ante este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 277/2012 y NIG 36038 47 1 2012 0000275, se ha dictado en fecha 17-12-2012 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor "MJ & S Expertos Inmobiliarios S.L.", con CIF B-36355311, cuyo centro de trabajo de intereses principales lo tiene en calle Callejón Torres, 4, bajo, Marín (Pontevedra). Igualmente en dicho Auto se acuerda la acumulación del Concurso 278/2012 y NIG 36038 47 1 2012 0000276, del deudor "Cemavial, S.L.", con CIF B-36253476 y del concurso 279/2012 y NIG 36038 47 1 2012 0000274, del deudor "Grupo Baldomero Fariña, S.L.", con CIF B36358463, ambos con el mismo domicilio que la primera.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que precisarán la autorización o conformidad de la administración concursal.

Se ha designado, como administración concursal a Patricia Álvarez Canella, con domicilio postal en la calle Urzaiz, 18, 3.º, 36201 Vigo, y dirección electrónica señalada patricia.alvarezcanella@movistar.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de sus créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Los interesados que deseen personarse deberán hacerlo con abogado y procurador.

Pontevedra, 2 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.

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