Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra,
Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección V, Convenio 277/2012 y NIG número 360347120120000275, se ha dictado en fecha 19 de noviembre de 2013 auto que acuerda los siguiente:
Primero.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso, finalizando la fase de convenio.
Segundo.- Quedar, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título tercero de la Ley Concursal.
Tercero.- Se declara disuelta a MJ & S Expertos Inmobiliarios, S.L., CIF B-36.355.311, cesando en su función sus administradores, que son sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
Cuarto.- Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.
Quinto.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el Registro Público Concursal, en el caso de estar operativo y en el tablón de anuncios del Juzgado.
Sexto.- Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Pontevedra y a los demás registros donde se procedió su anotación, en su día, de la declaración de concurso.
Séptimo.- Requerir a la administración concursal para que en plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.
Pontevedra, 22 de noviembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.