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Concurso de acreedores Electricitat Esteve Carbonell Sl

El 04-12-2015, Electricitat Esteve Carbonell Sl, en PUIG-REIG (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B60450772. La actividad (principal) de Electricitat Esteve Carbonell Sl es actividades de construcción especializada.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Electricitat Esteve Carbonell Sl
Localidad:
PUIG-REIG
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B60450772
Número de insolvencia:
B60450772
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PZ :
CREU, 7 - 8 0
08692 PUIG-REIG
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
09-01-2016
A150056840
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 Barcelona.

Hace saber: Que en los autos con N.I.G.08019-47-1-2015-8006687 y nº 966/15A se ha declarado el concurso voluntario de fecha 4 de diciembre de 2015 de Electricitat Esteve Carbonell, S.L. con C.I.F. B60450772 y domicilio en Pl. de la Creu, 7-8 bajos 08962 Puig-Reig (Barcelona), en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El Administrador concursal es D./Dª Polyhedron Administración Concursal, S.L.P. ejerciéndose por la persona de la Sra. Marta Crespo Guijarro, con domicilio en Rbla. de Catalunya, 49-51 1º 2ª 08007 Barcelona (Barcelona) y correo electrónico acreedores@polyhedron.es.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Rbla. de Catalunya, 49-51 1º 2ª 08007 Barcelona (Barcelona), o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de aquisición y vencimiento, caracterísiticas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copa en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunciar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 18 de diciembre de 2015.- El letrado de la Adm. de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellín.

Informes
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