Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1, de Donostia - San Sebastián,
Anuncia
Que en el procedimiento concursal número 1069/12-B en el que figura como concursado Lan Bertikalak S.L.U. se ha dictado con fecha 22 de mayo de 2014 auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Donostia-San Sebastián, 22 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.
Edicto
EL Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 1069/12 referente al concursado Lan Bertikalak, S.L.U. con CIF B-20802997, por decreto de fecha 28/05/2013 se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta Lan Bertikalak, S.L.U., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
Donostia-San Sebastián, 28 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.
Edicto
D./D.ª María Isabel Villoslada Torquemada, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo mercantil núm. 1 de Donostia-San Sebastián, por el presente, anuncia:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 1069/2012 y NIG n.º 20.05.2-12/013729 se ha dictado en fecha 19/12/2012, Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Lan Bertikalak, S.L.U., con B20802997, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ataun-Gipuzkoa.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Admón. Concursal. Se ha designado, como administración concursal a Ainhoa Ugarte Valls con domicilio postal en C/ Etxeide, 6-1.º D CP 20005 Donostia-San Sebastián y dirección electrónica ainhoa@ugarteasociados.com señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal.
Donostia-San Sebastian, 20 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial.