El 01-01-0001, Emalba Sl (En Liquidacion), en ALGARROBO (Málaga) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es B29711892. La actividad (principal) de Emalba Sl (En Liquidacion) es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Se ha abierto la sección 6.
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Nombre:
Emalba Sl (En Liquidacion)
Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
B29711892
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Cese de los Administradores
- Apertura de la fase de liquidación
- Apertura de la sección seis
E D I C T O
EL Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 63/2011 referente al concursado EMALBA, S.L., con CIF n.º B29711892, por auto de fecha 7 de febrero de 2014 se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación a petición del deudor.
2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta a EMALBA, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal.
Málaga, 7 de febrero de 2014.- Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga/1 bis en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.- Que en el procedimiento número 63/2011, por auto de 31 de enero del 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Emalba. S.L., con NIF B29711892, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la provincia de Málaga.
2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la L.C. deberán personarse en la sección primera y presentar su crédito en la sección cuarta, haciéndoles saber que deberán hacerlo en sendos escritos diferentes. De presentarse un solo escrito en el que conste el crédito se entenderá que sólo notifican o insinúan el mismo.
Málaga, 1 de febrero de 2011.- El/La Secretario Judicial.
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