Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Electricidad Albericio Sl

El 31-10-2012, Electricidad Albericio Sl, en TARAZONA (Zaragoza) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de ZARAGOZA. Como síndico se ha designado GORRIZ LOZANO, ROGELIO DAVID. El número de insolvencia de esta empresa es B50718675. La actividad (principal) de Electricidad Albericio Sl es actividades de construcción especializada.
Se ha abierto la fase de liquidación.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Electricidad Albericio Sl
Localidad:
TARAZONA
Provincia:
Zaragoza
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B50718675
Número de insolvencia:
B50718675
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ANDALUCIA (PG INDUSTRIA) 57
50500 TARAZONA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-05-2014
A140022113
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

D.ª Carmen Montaner Zueras, Secretaria judicial, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, anuncia:

Que en el concurso n.º 267/2012-G, referente al concursado Electricidad Albericio, S.L., con C.I.F. B50718675 por Decreto de fecha 2 de mayo de 2014, se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.- Se ha declarado disuelta la sociedad Electricidad Albericio, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Zaragoza, 5 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.

09-12-2013
A130066742
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial de Jdo. de lo Mercantil n. 1 de Zaragoza, por el presente,

Anuncia:

1.º Que en la Sección I declaración concurso necesario de acreedores 0000267/2012, efectuada por el Procurador D. Emilio Pradilla Carreras, en nombre y representación de Dermo, S.A. relativa al deudor "Electricidad Albericio, S.L., CIF B50718675, se ha presentado informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I, del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.º Dentro del plazo de diez días, computado desde la notificación de la resolución a las partes personadas y para el resto de los interesados desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, los interesados, que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3.º Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).

Dado en Zaragoza, 15 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

23-01-2013
A130001836
 

D.ª Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n. 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

En este órgano judicial se tramita Sección I declaración concurso 0000267/2012 seguido a instancias de Dermo, S.A., con CIF n.º A-58302969, contra Electricidad Albericio, S.L., en los que, se ha publicado en el BOE de fecha 27.12.12 edicto n.º 311, anunciando la declaración de concurso necesario de la mercantil Electricidad Albericio, S.L. con CIF B-50718675, donde aparece como teléfono de la administración concursal el n.º 97622011, siendo el correcto el n.º 667490601.

Zaragoza, 27 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

27-12-2012
A120083407
 
  • Cese de los Administradores
 

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil núm. 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1.- Se ha declarado concurso que se sigue con el n.º 267/12-G y N.I.G. 50297 47 1 2012 0000533.

2.- Carácter del concurso: necesario y abreviado.

3.- Fecha de declaración: 31.10.12.

4.- Deudor en concurso: ELECTRICIDAD ALBERICIO, S.L., CIF B50718675, con domicilio en Tarazona (Zaragoza), Polígono Industrial, calle Andalucía n.º 57.

5.- Facultades de administración: suspendidas.

6.- No ha solicitado la liquidación.

7.- Administración concursal: Rogelio David Górriz Lozano, DNI 18440488-P.

Domicilio postal: Carl Benz 15-17, Pol. Molino del Pilar, Zaragoza 50015.

Dirección electrónica: fiscal@gvasesores.net

Tf 976220111

8.- Plazo de comunicación de créditos: un mes, directamente a la administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior.

Zaragoza, 26 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

31-10-2012
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso
 
PARTE DISPOSITIVA Acuerdo: 1.- Estimar la solicitud de concurso necesario efectuada por el Procurador D. EMILIO PRADILLA DE ARAGÓN CARRERAS, en nombre y representación de DERMO S.A. 2.- Declarar en concurso necesario de acreedores al deudor ELECTRICIDAD ALBERICIO S. L, CIF 850718675, con domicilio en Tarazona, calle Andalucía nº 57, Pol. Industrial (Zaragoza) inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza al tomo 2061, hoja Z-20361, folio 1. 3. Determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo el deudor sustituido por la administración concursal que se designará al efecto. 4.- La administración concursal, al amparo de lo previsto en los artículos 26 y 27 de la LC, con las facultades determinadas en el apartado anterior, estará integrada por: Al economista ROGELIO DAVID GORRIZ LOZANO. 5. Comunicar el nombramiento a la administración designada haciéndole saber que en el plazo de cinco días siguientes al recibo de la comunicación (artículo 29 de la LC), deberá comparecer ante este órgano judicial y manifestar su aceptación o no del cargo, apercibiéndosela que se encuentra sometida al régimen de incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones del artículo 28 de la LC. 6. Llamar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5º, 84 y 85 de la LC, a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, escrito que ha de remitirse a la administración concursal y en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello. 7.- Realizar por la administración concursal, una vez acepte el cargo y sin demora alguna, una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio consten en el concurso, informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma establecida en el artículo 85 de la LC. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la AEAT y a la TGSS a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. Rutas de acceso: A.- aeat: https: //www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede//Inicio/Inicio.shtml Procedimientos, Servicios y Trámites Información y Registro.-Otros Servicios-Comunicación Administración concursal. B.- tgss:https://sede.seg-social.gob.es/Sedel/index.htm. Registro electrónico-Acceso al Registro-Otros procedimientos-comunicación de la Declaración de concurso por parte de la Administración Concursal a Tesorería General de la Seguridad social. Es necesario certificado digital o DNI electrónico.- Igualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte. 8. Hacer pública la presente declaración de concurso por medio de Edictos que, uno, se publicará en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LC, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la LC y, otro, con los mismos requisitos, en el tablón de edictos de este órgano judicial. La remisión del edicto al boletín se realizará de forma telemática por este órgano judicial. 9. Expedir los despachos correspondientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la LC, que serán entregados a la representación procesal del concursado, para su inmediata remisión y práctica de los asientos registrales previstos, en concreto, Registro Mercantil de Zaragoza, haciéndoles saber que hasta que no sea firme la presente resolución, la anotación se hará con carácter preventivo, sin perjuicio que se proceda a la inscripción definitiva, una vez que conste la firmeza. 10. Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. 11. Poner en conocimiento del concursado el deber de comparecer personalmente ante este órgano judicial y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. 12.- Comunicar la declaración de concurso al Juzgado Decano de Zaragoza, para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia, a los Juzgados de lo Social y a los demás Juzgados de lo Mercantil de esta localidad. 13. Entregar los oficios, edictos y mandamientos que se expidan en cnmplimiento de lo ordenado en esta resolución a la representación procesal del concursado para que los diligencie de inmediato, y acredite a este órgano judicial habar presentado los despachos. 14.- Abrir la fase común de tramitación del concurso y formar las Secciones segunda, tercera y cuarta, ordenándose en cuantas piezas sean necesarias o convenientes; cada una de estas secciones, se encabezará por el testimonio de la solicitud y del presente auto. 15.- Requerir al deudor, para que en el plazo de 10 días proceda a presentar la documentación del artículo 6 de la LC. Una vez conste la existencia de bienes propiedad del concursado, se librarán los mandamientos a los correspondientes registros. 16. El presente auto producirá sus efectos da inmediato y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolución. 17. Notificar la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, Tesorería General de la Seguridad Social y Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Síndico / administrador
Síndico:
GORRIZ LOZANO, ROGELIO DAVID
Dirección física:
- ()
Dirección postal:
-
Teléfono:
-
Número de fax:
-
E-mail:
-
Sitio web:
-
Informes
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