Don Joan Holgado Esteban, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Tarragona,
Hago saber:
Que en el Concurso abreviado 750/2012 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de GOURMET COFFEE FIRENZE, S.L., con NIF B55521892, con domicilio en Avenida Can Nicolau (urb. Can Nicolau) 47, Cunit.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Tarragona, 27 de septiembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto.
El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona,
Por el presente, hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 750/2012-5, se ha dictado en fecha 4-12-2012 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado de "Gourmet Coffee Firenze, S.L., con CIF B55521892, y domicilio social en ronda Europa, 60, pl 7, 2.º B, de Vilanova i la Geltrú (Barcelona), representada por la procuradora doña Purificación García Díaz, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando la concursada, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador concursal don José Carlos Ojeda Arnal, con email: ojeda@economistes.com la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Administrador en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.
Tarragona, 4 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial.