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Concurso de acreedores Construcciones Foirlasa Sl

El 14-11-2012, Construcciones Foirlasa Sl, en VILLAFRANCA DE LOS CABALLEROS (Toledo) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TOLEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B45600871. La actividad (principal) de Construcciones Foirlasa Sl es construcción de edificios.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construcciones Foirlasa Sl
Localidad:
VILLAFRANCA DE LOS CABALLEROS
Provincia:
Toledo
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B45600871
Número de insolvencia:
B45600871
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
JESUS Y MARIA 13
45730 VILLAFRANCA DE LOS CABALLEROS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
12-12-2012
A120079982
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

D.ª Concepción Álvarez García, Secretaria Judicial del Jdo. de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo,

Por la presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000233/2012 y NIG n.º 45168 41 1 2012 0003475 se ha dictado en fecha 14/11/12 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Construcciones Foirlasa, S.L., con CIF B-45600871, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Villafranca de los Caballeros (Toledo), Calle Jesús y María, n.º 13.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a D.ª Yolanda López García-Moreno, con domicilio postal en Madridejos (Toledo), calle Industria, n.º 17, y dirección electrónica señalada: yologar@icatoledo.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

Toledo, 14 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

Informes
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