Doña Cristina María Valero Doménech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,
Por el presente, hago saber: Que en este juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores número 371/13, habiéndose dictado en esta fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Veremundo García Ramo cuya parte dispositiva establece literalmente lo siguiente:
Parte dispositiva:
1. Se tiene por subsanado la solicitud de concurso en los términos requeridos.
2. Se tiene por personado y por parte a las personas físicas don Veremundo García Ramo y doña Matilde Torres Gil (consortes), y en su representación al Procurador de los Tribunales don Vicente Adam Herrero, en virtud de designación por justicia gratuita, con quien se entenderán las sucesivas diligencias en la forma prevenida por la Ley, y por solicitada la declaración de concurso voluntario de acreedores.
3. Se admite a trámite dicha solicitud y se declara el estado de concurso voluntario de las personas físicas don Veremundo García Ramo y doña Matilde Torres Gil (consortes), con domicilio en Riola (Valencia), calle Sant Cristofol, número 57, y DNI números 73.897.487-M y 73.938.121-K, respectivamente, siguiéndose los trámites del procedimiento abreviado.
4. Se nombre Administrador concursal a don Ignacio Navarro Giménez, con DNI número 48287395E, Abogado, con despacho profesional en calle Mestre Racional, 1, 1.ª, Valencia, teléfono 963259730, y mail ignavarro@icav.es, de Valencia, a quien se notificará por conducto urgente dicha designación a fin de que sin dilación comparezca en este Juzgado para aceptar y jurar el cargo.
5. Se decreta la intervención de las facultades de administración de las personas físicas, quedando el ejercicio ordinario de las mismas sometido a la autorización o conformidad del Administrador concursal.
6. Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán en el BOE, de forma gratuita y en el tablón de anuncios del este Juzgado. A cuyos efectos se entregarán al Procurador de los Tribunales de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. Póngase en conocimiento de dicho Procurador que, en plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE los oportunos edictos.
Notifíquese personalmente a los acreedores de la persona física que resultan de la relación aportada por el solicitante, a fin de que procedan a comunicar sus créditos en plazo de un mes desde la publicación en el BOE.
Dicho llamamiento se realizará a través de la administración concursal de conformidad con lo establecido en el artículo 21.5 de la LC.
7. Expídase mandamientos al Registro Civil de Sueca, Sección 1.ª, al tomo 00113, página 082V; y al Registro Civil de Riola, Sección 1.ª, libro 35, folio 48 vto., a fin de que se verifiquen las oportunas anotaciones registrales de la pendencia de este procedimiento y los acuerdos adoptados por esta resolución.
Expídanse mandamiento al Registro de la Propiedad de Algemesí, para que, con relación a la siguiente finca, se verifiquen las oportunas anotaciones registrales de la pendencia de este procedimiento y los acuerdos adoptados por esta resolución:
1 Tomo 1606, libro 37, folio 183, finca 1912.
8. Comuníquese la declaración de concurso a los Juzgados de Primera Instancia y Mercantiles de Valencia.
10. Fórmense las secciones segunda, tercera y cuarta del concurso.
Notifíquese la presente resolución a los concursados, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 de la LC, que se entregarán al Procurador solicitante para que cuide de su diligenciamiento, debiendo expedirse por la Sra. Secretaria el pertinente testimonio de la resolución en los términos del Real Decreto 158/2008.
Modo de impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. don José María Cutillas Torns, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.
Firma del Magistrado-Juez. Firma del Secretario.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 de la LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85.
Valencia, 19 de septiembre de 2013.-