Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores La Pelejaneta Serveis De Restauracio S.L.

El 24-10-2012, La Pelejaneta Serveis De Restauracio S.L., en VALL D'ALBA (Castellón) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número de insolvencia de esta empresa es B12591707. La actividad (principal) de La Pelejaneta Serveis De Restauracio S.L. es servicios de comidas y bebidas.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
La Pelejaneta Serveis De Restauracio S.L.
Localidad:
VALL D'ALBA
Provincia:
Castellón
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B12591707
Número de insolvencia:
B12591707
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
VC-15 KM 13,02 13
12194 VALL D'ALBA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-11-2012
A120079622
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Don Ramiro Monforte Altaba, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por auto de fecha 24 de octubre de 2012, dictado en el procedimiento de concurso abreviado n.º 000692/2012, NIG 12040-66-2-2012-0000802, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor "La Pelejaneta Serveis de Restauracio, S.L.", domiciliada en carretera Cv 15 Km. 13,200, Vall d'Alba y CIF B12591707.

Segundo: Que se ha determinado el régimen de Intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero: Que se ha designado como Administrador concursal a don Francisco José Pastor Escrig, con domicilio en Grao (Castellón), paseo Buenavista, 8, entresuelo B, y dirección electrónica paco@grupcas.com, a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado".

Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Castellón, 13 de noviembre de 2012.- El Secretario judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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