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Concurso de acreedores Francisco Mateo Ubina S.L.

El 01-01-0001, Francisco Mateo Ubina S.L., en CASTALLA (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. Como síndico se ha designado PASTOR GARCIA DAVID. El número de insolvencia de esta empresa es B53075461. La actividad (principal) de Francisco Mateo Ubina S.L. es fabricación de productos de caucho y plásticos.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Francisco Mateo Ubina S.L.
Localidad:
CASTALLA
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B53075461
Número de insolvencia:
B53075461
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
LA COLONIA (PG IND FASE II) 0
03420 CASTALLA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-06-2017
A170047091
 

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Letrada Administración Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Por el presente hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000580/2012 - K sobre declaración de concurso de la mercantil Francisco Mateo Ubiña, Sociedad Limitada, con domicilio en calle Travesía la Colonia, número 10, A y B, 03420 Castalla (Alicante) y código de identificación fiscal número B-53075461, se ha dictado auto de fecha 17-05-17, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.

5.- Cesar la administración concursal en el ejercicio de su cargo.

6.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24.

Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.

Se expide el presente.

Alicante, 17 de mayo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

30-10-2013
A130059271
 
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado -000580/2012-K, sobre declaración de concurso de la mercantil Francisco Mateo Ubiña, Sociedad Limitada, con domicilio en calle Travesía la Colonia, número 10, A y 8, 03420 Castalla (Alicante) y código identificación fiscal número B-53075461, se ha dictado Auto de fecha 23-09-13, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos:

Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente demás particulares previstos en el artículo 167 Ley Concursal.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (artículo 168 Ley Concursal). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 Ley Concursal.

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.

Alicante, 23 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

17-07-2013
A130042105
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número2 de Alicante,

Hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de Concurso Abreviado - --000580/2012-K, de la mercantil Francisco Mateo Ubiña, Sociedad Limitada, en cuyo seno, con fecha catorce de junio de dos mil trece, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"...1.- Se acuerda poner fin a la fase común.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación, formándose la pieza quinta.

3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Preséntese por el Administrador concursal en el plazo de quince días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el articulo 148 Ley Concursal.

6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

7.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

8.- Comuníquese esta resolución en los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, que servirá de apelación más próxima a los efectos del artículo 197.3 Ley Concursal..."

Así por este Auto, lo pronuncia. manda y firma don Salvador Calero García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante. Doy fe.

Alicante, 14 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

12-02-2013
A130006234
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado -000580/2012- K, sobre declaración de concurso de la mercantil Francisco Mateo Ubiña, Sociedad Limitada, con domicilio en Calle Travesía La Colonia, número 10, A y B, 03420 Castalla (Alicante), y código de identificación fiscal número B-53075461, se ha presentado por la Administración Concursal el informe preceptuado en el artículo 74 Ley Concursal, y se ha dictado Providencia de fecha 20-12-12, que contiene, entre otros, los siguiente pronunciamiento:

"Frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (artículo192 Ley Concursal y 399 Ley Enjuiciamiento Civil) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última a publicación del edicto".

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente en

Alicante, 30 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

27-11-2012
A120079329
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de concurso abreviado -000580/2012-K en los que se ha dictado, con esta fecha, auto declarando en estado de concurso voluntario a "Francisco Mateo Ubiña, Sociedad Limitada", con domicilio en calle Travesía La Colonia, número 10, A y B, 03420 Castalla (Alicante), código de identificación fiscal número B-53075461, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1.869, folio 40, hoja número A-35643, inscripción 1.ª

Facultades: Se decreta la Intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Identidad de la administración concursal: Don David Pastor García, en su cualidad de economista,con documento nacional de identidad número 22.580.578-Y, y con domicilio en calle Valdés, número, 11, 5.°, Alicante, teléfono 963516595 (fax 963525849) correo electrónico DAVID.PASTORG.80578Y@CORREOS.ES

Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente, a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Alicante, 26 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

Síndico / administrador
Síndico:
PASTOR GARCIA DAVID
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