EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córddoba anuncia:
Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 171/2014, con NIG 1402142M20140000190, referente al concursado FIBOPAL, S.L. con CIF nº B-14295307 y domicilio en Cr. Córdoba a Málaga km. 44 de Montilla (Córdoba), por resolución de fecha 02/03/18, se ha acordado lo siguiente:
Se aprueba el plan de liquidación presentado por la Administración Concursal, al que deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa; ajustándose en lo no preevisto a las reglas de los artÃculos 149 a 151 de la Ley Concursal.
Córdoba, 2 de marzo de 2018.- La letrada de la Administración de Justicia.
EDICTO:
El Jugado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba,
ANUNCIA:
1.-Que el procedimiento concursal número 171/2014 - C1 referente al deudor FIBOPAL, S.L., con CIF n.º B-14295307 y domicilio en CR. Córdoba a Málaga, km. 44, de Montilla (Córdoba), se ha SUSPENDIDO LA JUNTA DE ACREEDORES señalada para el dÃa 12 de enero de 2016, a las 09:30 horas de su mañana, en la Sede de este Juzgado y se celebrará el próximo dÃa 20 DE MARZO DE 2017, a las 09:30 horas de su mañana.
2.-Se someterá/n a la deliberación y, en su caso, aprobación de la Junta la/s propuesta/s de convenio presentado/s por FIBOPAL, S.L.
Dicha/s propuestas, junto con el escrito de evaluación de la Administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Oficina Judicial.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artÃculo 115.3 de la L.C.
3.-Tiene derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artÃculo 118 de la L.C.
Córdoba, 11 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba (antiguo instancia núm. 9)
Anuncia:
1.- Que el procedimiento concursal núm. 171/2014-C1 referente al deudor FIBOPAL, S.L., con CIF num. B-14295307 y domicilio en Cr. Córdoba a Málaga km. 44 de Montilla (Córdoba) se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concusal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
Córdoba, 21 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que el procedimiento número 171/2014 con NIG 1402142M20140000190, por auto de fecha 18 de marzo de 2014, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor FIBOPAL, SL. con CIF B-14295307 y domicilio en Carretera Córdoba a Málaga, km 44 de Montilla (Córdoba) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Córdoba.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Rafael Cintas Jurado de Flórez, con domicilio postal calle Reyes Católicos, n.º 2, 3.º izquierda, Córdoba CP 14001 y dirección electrónica: rafael.cintas@icacordoba.es
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio del Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC)
Córdoba, 20 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.