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Concurso de acreedores terminado Canteras Del Arenal Sl

El 19-10-2012, Canteras Del Arenal Sl, en LALIN (Pontevedra) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36006716. La actividad (principal) de Canteras Del Arenal Sl es otras industrias extractivas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Canteras Del Arenal Sl
Localidad:
LALIN
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B36006716
Número de insolvencia:
B36006716
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Extracción de recursos minerales
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DO AREAL 64
36500 LALIN
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
10-10-2019
A190055707
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Xulgado do Mercantil nº 1 de Pontevedra, por el presente,

Anuncio:

Que en el Sección V Convenio 0000181/2012, seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora señora María del Amor Angulo Gascón, en nombre de Canteras del Arenal, S.L., se ha dictado auto, ya firme, de conclusión del concurso en fecha 25 de septiembre del 2019; resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"1.- Se decreta la conclusión, por cumplimiento del convenio, del presente concurso de acreedores de CANTERAS DEL ARENAL, S.L., CIF B36003716, con domicilio en calle Arenal 64, Entreplanta I- Lalín, con los efectos legales inherentes.

2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran subsistir.

3.- Se acuerda la cancelación de la declaración de concurso y demás inscripciones derivadas del mismo en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

4.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la Administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

5.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

MODO DE IMPUGNACIÓN Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).

Así lo manda y firma S.S.; de lo que doy fe.

MAGISTRADO-JUEZ, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA."

Y para que conste expido el presente en

Pontevedra, 25 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administracion de Justicia, José Luis Gutierrez Martín.

02-11-2012
A120073337
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1º.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº sección I declaración concurso 181/2012 se ha dictado en fecha 28.09.12 auto de declaración de concurso del deudor Canteras del Arenal, SL con CIF. B36006716 y del deudor Canteras de Richinol, SL con CIF B-36166650, con domicilio social en c/ Arenal, 64, entreplanta I, Lalín.

2º.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición mediante autorización o conformidad de la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a D. Arturo Villanueva López-Ballesteros, con domicilio postal en Rua Carqueixa, 6-bajo, Pontevedra, y dirección electrónica señalada avillanuevalb@hotmail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Pontevedra, 19 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

Informes
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