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Concurso de acreedores terminado Interfruit Vital Sl

El 17-09-2012, Interfruit Vital Sl, en VILLALONGA (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es B98087638. La actividad (principal) de Interfruit Vital Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Interfruit Vital Sl
Localidad:
VILLALONGA
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B98087638
Número de insolvencia:
B98087638
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
CARRETERA DE GANDIA 48
46720 VILLALONGA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-04-2013
A130020304
 

D./Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago Saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario Voluntario n° 815/2012, habiéndose dictado en fecha 2 de abril de 2013 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Interfruit Vital SL con domicilio en Carretera de Gandia 48, Villalonga (Valencia) y CIF nº B98087638, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al Tomo 8973, Folio 74, Hoja V-131853.

Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Se ha nombrado administrador concursal a D./Dª Juan José Estruch Escriva con domicilio en la Calle Cirilo Amoros 42-6-12, 46004 Valencia y correo electrónico consultoresmercantiles@estruchconsultores.com.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el articulo 85 de la Ley Concursal.

Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.

Valencia, 2 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

06-10-2012
A120065733
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Conclusión del concurso
 

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario Voluntario n.° 815/2012, habiéndose dictado en fecha 17 de septiembre de 2012 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Interfruit Vital S.L., con domicilio en Carretera de Gandía 48, Villalonga (Valencia) y CIF n.º B98087638, inscrita en el Registro de Mercantil de esta Provincia, Tomo 8973, Folio 74, Hoja V-131853 y por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda, conforme al art. 176 Bis de la Ley Concursal, pudiendo interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días los terceros legitimados a partir de la publicación de este edicto en el BOE.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 17 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.

Informes
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