Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Ojaner Sl

El 20-07-2012, Ojaner Sl, en GALLARTA (Vizcaya) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BILBAO. El número de insolvencia de esta empresa es B48423800. La actividad (principal) de Ojaner Sl es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Ojaner Sl
Localidad:
GALLARTA
Provincia:
Vizcaya
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B48423800
Número de insolvencia:
B48423800
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL CAMPILLO, C2 0
48500 GALLARTA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
01-07-2014
A140034272
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao. Concurso abrev. 634/2012.

Deudor: Ojaner, S.L.

Abogado: Fernández de Bilbao Paz Jesús Javier.

Procurador: Marta Arruza Doueil.

Sobre: Concurso voluntario.

En el referido procedimiento concursal se ha dictado 16/6/2014 auto de conclusión de concurso, en la que la parte dispositiva es la siguiente:

Parte Dispositiva

Primero.- Se declara concluso el procedimiento concursal número 634/12 referente al deudor Ojaner, S.L., por inexistencia de bienes y derechos suficientes para la satisfacción íntegra de los créditos de sus acreedores y se acuerda el archivo de las actuaciones.

Segundo.- Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Tercero.- Se declara que el deudor queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Para ello, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores, se equiparará a una sentencia de condena firme.

Cuarto.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Vizcaya a cuyo efecto se expedirán mandamientos correspondientes. Asimismo, líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros de la Propiedad en los que se inscribió dicha declaración concretamente, en el de Portugalete.

Quinto.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

Sexto.- Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

Séptimo.- Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

Octavo.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

Bilbao, 16 de junio de 2014.- El Secretario judicial.

21-11-2012
A120078355
 
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 634/2012 referente al concursado Ojaner, S.L., con CIF número B48423800, por auto de fecha 07/11/2012 se ha acordado lo siguiente:

Primero. Se acuerda aprobar el plan de liquidación presentado por la Concursada junto a la demanda concursal e Informado favorablemente por la Administración Concursal al cual deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa, en particular al procedimiento señalado por la Administración Concursal en las páginas 25 a 27 de su Informe de fecha 05.11.2012. En lo que no estuviere previsto, se seguirán las reglas legales supletorias recogidas en el artículo 149 LC.

Segundo. Recordar a la administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.

Tercero. En caso de suspenderse las operaciones de liquidación con motivo de las impugnaciones del inventario o de la lista de acreedores, se podrá requerir a los impugnantes para que presten una caución que garantice los posibles daños y perjuicios por la demora.

Cuarto. Anunciar por edictos la aprobación del Plan de liquidación, que se fijará en el BOE, en el Registro Público Concursal cuando se encuentre operativo, y Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23 y 144 de la LC) preferentemente por vía telemática.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

Quinto. Fórmese la sección sexta que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso y del informe del Administrador Concursal (artículo 167.1 LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución acordando la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Sexto. Notificar la presente resolución al deudor y a los acreedores personados.

Bilbao, 9 de noviembre de 2012.- El/la Secretario Judicial.

09-08-2012
A120057814
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento número 634/2012, por auto de 20/07/2012, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Ojaner, S.L. con NIF B48423800, con domicilio en Calle Polígono Industrial El Campillo, pabellón número C-2, Abanto y Cierbana, Bizkaia.

Segundo.-Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

La identidad de la Administración Concursal es doña María Urcelay Rodríguez de Quijano, Letrada, siendo su domicilio postal en Alameda de Rekalde, número 46-1.º derecha, 48011 de Bilbao, o y su dirección electrónica: maria.urcelay@gabilex.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto.-La dirección web del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es www.publicidadconcursal.es

Quinto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Bilbao, 20 de julio de 2012.- El/La Secretario Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos