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Concurso de acreedores Augimar Hoteles Sa

El 29-02-2012, Augimar Hoteles Sa, en BORRIOL (Castellón) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número de insolvencia de esta empresa es A12717419. La actividad (principal) de Augimar Hoteles Sa es servicios de alojamiento.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Augimar Hoteles Sa
Localidad:
BORRIOL
Provincia:
Castellón
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A12717419
Número de insolvencia:
A12717419
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL RIU SEC 0
12190 BORRIOL
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
14-05-2012
A120029890
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

D. Ramiro Monforte Altaba, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 29/2/2012, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado Nº 618/2011, NIG nº 12040-66-2-2011-0000751, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor Augimar Hoteles, SAU, domiciliaido en y CIF número A-12717419.

Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero: Que se ha designaco como Administrador Concursal a D. Miguel Ángel Manzano Rodríguez, con domicilio en C/ Villafamés, n.º 24, y dirección electrónica miguelangelmanzano@legalyeconomico.com, a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.

Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación po Procuraor/a y asisitencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Castellón, 30 de marzo de 2012.- Secretario Judicial.

Informes
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