Edicto.
D. Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Jdo. de 1.ª Inst. e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, anuncia:
1.- Que en la Sección I Declaración Concurso 394/2013, referente al deudor Prefabricados Chimillas, S.L., con CIF B22196778 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).
Huesca, 2 de abril de 2014.- Secretario Judicial.
Edicto.
Doña María Ángeles Pérez Périz, Secretario Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000394 /2013 y NIG n.º B22196778 se ha dictado en fecha 8 de enero de 2014 auto de declaración del concurso del deudor Prefabricados Chimillas, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Chimillas (Huesca), carretera de Jaca km 5.5.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor. Se ha designado, como administración concursal a Luis Miguel Chocarro Altamira, con domicilio postal en Plaza Navarra n.º 2, 4.º planta de Huesca, y dirección electrónica luischocarro@tebascoiduras.com y fax 917616179, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".
4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal.
Huesca, 10 de enero de 2014.- Secretario judicial.