EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga anuncia:
Que en el procedimiento concursal 35/08 (N.I.G.: 2906742M20080000072) referente al concursado AUTOMECÁNICA MONDA, con CIF Nº B-927655588, se ha dictado auto de fecha 12 de febrero de 2016 acordando la conclusión del concurso, y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de AUTOMECÁNICA MONDA, S.L., por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento.
Acuerdo la extinción de la sociedad, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.
Si la Administración Concursal no hubiere presentado la preceptiva rendición de cuentas, y sólo en este caso, acuerdo que se le requiera para ello en el plazo de 15 días, en los términos detallados en el artículo 152.2 de la Ley Concursal.
La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Notifíquese a las partes la presente resolución en los términos regulados en el art 177 de la LC.
Málaga, 26 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Málaga anuncia:
Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 35.5/2008 referente al concursado Automecánica Monda, S.L., por auto de fecha 10/04/12 se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso.
2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.- Se ha declarado disuelta la Automecánica Monda, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituídos por la administración concursal.
Málaga, 10 de abril de 2012.- Secretario Judicial.
Declaración de firmeza del auto