El 22-05-2009, Casino De Ibiza Sociedad Anonima, en EIVISSA (Baleares) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número de insolvencia de esta empresa es A07059058. La actividad (principal) de Casino De Ibiza Sociedad Anonima es actividades de juegos de azar y apuestas.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic
aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Nombre:
Casino De Ibiza Sociedad Anonima
Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
A07059058
Grupo
Actividades culturales, deportivas y de entretenimiento
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
D. Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 2 de Palma de Mallorca, por el presente, anuncio:
Que en los autos de concurso Sección cinco de Convenio 551/2008, seguidos en este tribunal del deudor Casino de Ibiza, S.A. (hoy Cálida Ibiza S.A.), con CIF A07059058, se ha dictado en fecha 03/05/2017, auto declarando la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones por ser firme el auto que declara el cumplimiento del convenio aprobado por Sentencia de este Juzgado de fecha 09/05/2011.
Palma de Mallorca, 3 de mayo de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 551/2008, por auto de fecha 22/05/09 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Casino de Ibiza, S.A., con domicilio en Paseo Marítimo nº 17 - Eivissa, C.I.F. nº A07059058 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Ibiza.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimientos de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. mediante escrito dirigido al Juzgado de lo Mercantil nº 2 firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o quien acredite representación suficiente de ellos, expresando todos y cada uno de los datos relacionados en el citado artículo 85.2 y acompañando originales o copias autenticadas del título o de los documentos relativos al crédito y aportando un juego de copias para la administración concursal, así como otro más si se interesare la devolución de los títulos originales.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Palma de Mallorca, 29 de mayo de 2009.- El/la Secretario Judicial.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.