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Concurso de acreedores Construcciones Rey Vidal Sl

El 23-02-2012, Construcciones Rey Vidal Sl, en RIBEIRA (La Coruña) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es B15633969. La actividad (principal) de Construcciones Rey Vidal Sl es construcción de edificios.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construcciones Rey Vidal Sl
Localidad:
RIBEIRA
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B15633969
Número de insolvencia:
B15633969
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
FEIRA 2
15960 RIBEIRA
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-03-2017
A170016685
 

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento Número 664/2011, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso, con fecha de 20 de diciembre de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo:

Declarar la conclusión del concurso voluntario de la entidad CONSTRUCCIONES REY VIDAL, S.L., con CIF B-15633969 domiciliada en Rúa da Feira, nº 2, 4º C de Riveira, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos:

1. – Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

2. – El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

3. – Procederá la extinción de la entidad CONSTRUCCIONES REY VIDAL, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña.

Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 LC y se publicará en el BOE.

Contra la presente resolución, no cabrá interponer recurso alguno.

Así lo acuerdo mando y firmo, doy fe.

Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto.

La Coruña, 10 de enero de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.

15-03-2012
A120013877
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento CNA 664/11-J, por auto de 23 de febrero de 2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Construcciones Rey Vidal, S.L., CIF B15633969 y domicilio social en Rúa da Feira, número 2, 4.º C, de Ribeira (A Coruña) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicha localidad.

2.º La deudora conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometida el ejercicio de esas facultades a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 de la LC).

5.º Que ha sido nombrado administrador concursal al economista don Enrique Feans García, con despacho profesional en Santiago de Compostela, República El Salvador, 23-1.º D y correo electrónico enrique@feans.com.

A Coruña, 23 de febrero de 2012.- El/La Secretario/a.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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