EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento Número 664/2011, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso, con fecha de 20 de diciembre de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Dispongo:
Declarar la conclusión del concurso voluntario de la entidad CONSTRUCCIONES REY VIDAL, S.L., con CIF B-15633969 domiciliada en Rúa da Feira, nº 2, 4º C de Riveira, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos:
1. – Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
2. – El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
3. – Procederá la extinción de la entidad CONSTRUCCIONES REY VIDAL, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expÃdase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña.
Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.
La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artÃculo 23.1 LC y se publicará en el BOE.
Contra la presente resolución, no cabrá interponer recurso alguno.
Asà lo acuerdo mando y firmo, doy fe.
Y para que sirva de notificación y su publicación en el BoletÃn Oficial del Estado, expido el presente Edicto.
La Coruña, 10 de enero de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina MartÃnez GarcÃa.