Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Covenca 2006 Sl

El 15-11-2010, Covenca 2006 Sl, en EL ROSARIO (Tenerife) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SANTA CRUZ DE TENERIFE. El número de insolvencia de esta empresa es B38875704. La actividad (principal) de Covenca 2006 Sl es construcción de edificios.
Se ha abierto la sección 5.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Covenca 2006 Sl
Localidad:
EL ROSARIO
Provincia:
Tenerife
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B38875704
Número de insolvencia:
B38875704
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VIOLETA (BO. TABAIBA MEDIA EDF BALCON) -6
38190 EL ROSARIO
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-03-2018
A180021652
 

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. José Damián Bailón Pérez-Milá, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número Uno de los de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal número 71/2010, de la Entidad Covenca 2006, S.l., se ha dictado Auto de fecha 19 de marzo de 2018, por la Juez doña Sonia Martínez Uceda, cuyos puntos principales son del tenor literal siguiente:

"Se declara la conclusión del concurso de Covenca 2006, S.L. Aprobar la rendición de cuentas de la AC. Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal.

Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal, despacho que se entregará al solicitante del concurso para que se encargue de su publicación. Procédase a la publicación de la presente en el Registro Mercantil, o en el Registro que conforme a la Ley corresponda. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes que en su caso se hayan acordado.

Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que no cabe interponer recurso alguno (art. 177.1 LEC).

Así lo dispone, manda y firma Dña. Sonia Martínez Uceda, Juez del Juzgado de lo Mercantil N.º1 de Santa Cruz de Tenerife; doy fe."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita (de conformidad con la nueva redacción recogida en el real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) en el Boletín Oficial del Estado, Y en el Registro Público Concursal, extiendo y firmo la presente,

Santa Cruz de Tenerife, 19 de marzo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

11-09-2014
A140045153
 
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

Cédula de Notificación.

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal número 71/2010, de la entidad Covenca 2006, S.L., se ha dictado auto de fecha 3/6/2014, por la Magistrada Doña Ana Fernández Arranz, cuyos puntos principales son del tenor literal siguiente:

Haber lugar a la aprobación del plan de liquidación presentado por la Administración concursal en sus propios términos. En todo lo no previsto se estará a las normas supletorias del artículo 149 y siguientes de la Ley Concursal, se alzan las cargas que gravan los bienes de la concursada anteriores a la declaración de concurso, y las posteriores. Con testimonio de la presente ábrase la sección 6ª de calificación, emplácese a los interesados para que puedan personarse en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación. Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita (de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) en el Boletín Oficial del Estado, extiendo y firmo la presente,

Santa Cruz de Tenerife, 3 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.

30-11-2013
A130064225
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto

Cédula de Notificación

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número Uno de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber:

Que en el procedimiento Concursal 71/10, de la Entidad Covenca 2006, S.L., se ha dictado Auto de fecha 6/11/2013, cuyos puntos principales son del tenor literal siguiente:

"Se declara la finalización de la Fase Común del Concurso y la Apertura de la Fase de Convenio. Se convoca a los acreedores de la lista del Informe de la Administración Concursal a la junta que tendrá lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado el próximo día 19 de marzo de 2014, a las 10:00h. Acuerdo: autorizar al miembro de la Administración Concursal, a don Ricardo Antonio Afonso Herrera, para presidir la junta que se celebrará el 19 de marzo de 2014 a las 10:00 horas. Fórmese la Sección Quinta, que comprenderá todo lo relativo a la fase de convenio. Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, haciéndoles saber que será apelable y tendrá la consideración de apelación más próxima a los efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4 LC. Así lo acuerda, manda y firma doña M.º Raquel Alejano Gómez, Magistrada-Juez por sustitución, del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Santa Cruz de Tenerife."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita (de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto-ley 3/2009 del 27 de marzo) en el Boletín Oficial del Estado, extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 7 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

06-03-2012
A120012521
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Cédula de Notificación

D. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal número 71/10, de la Entidad Covenca 2006, S.L., se ha dictado Diligencia de Ordenación de fecha 7/11/11, cuyos puntos principales son del tenor literal siguiente:

".........Diligencia de Ordenación del/de la Secretario/a Judicial..... D./Dña. Cristo Jonay Pérez Riverol...... En Santa Cruz de Tenerife, a 7 de noviembre de 2011...... Recibido el anterior escrito del Juzgado Decano de este Partido Judicial, presentado por el Administrador Concursal (registro 6929/11 y R.M. 7011/11), quede unido; y téngase por presentado el informe previsto en el Articulo 74 de la Ley Concursal, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 95.2 del referido Texto Legal, procédase a su anuncio por medio de Edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado (publicación gratuita, de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo), y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, conforme establece el Artículo 23 del mencionado Texto Legal. Póngase en conocimiento, al mismo tiempo, a los interesados no personados, que queda de manifiesto en esta Secretaría pudiendo consultar dicho informe y disponiendo del plazo de diez días para impugnar el inventario y la lista de acreedores, ello, conforme a los términos establecidos en los Artículos 95.2, 96 y 97 de la Ley Concursal, ello, respetándose los distintos plazos establecidos en el art. 12, puntos cuatro, cinco y seis, de la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo, en relación con la Disposición Transitoria Octava, punto 2º.-... ......

Modo Impugnación: Recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este/a Secretario/a Judicial...... Lo dispongo y firmo. Doy fe......".-

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita (de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) en el Boletín Oficial del Estado, extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 7 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

15-11-2010
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
Se declara en concurso, que tiene car6cter de voluntario abreviado al deudor COVENCA 2006 SL, CIF B38.875.704 y se declara abierta la fase común del concurso. Se nombra a DON SEBASTIAN DE LEON MARTÍNEZ, miembro único de la administración concursal que, además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor realice 6Ste. Al acordarse la intervención de dichas facultades, en los términos del articulo 40 de la Ley Concursal días desde su recibo comparezcan ante el Juzgado y manifieste si acepta o no el encargo o si concurre alguna causa de recusación. Llámese , de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5º, 84 y 85 de la ley Concursal a todos los acreedores de la Entidad - deudora, para que en el plazo de QUINCE DIAS NATURALES, a contar desde la única de la publicación acordada en este Auto (B.O.E.) ,comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, escrito que ha de presentarse en el Juzgado Decano de este Partido Judicial y en el que se expresará obligatoriamente el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor (teléfono y fax),, así como los relativos al cr6dito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documentos relativos al crédito (debidamente sellados y firmados) , de la representaci6n en su caso alegada ( con escritura de poder original o copia autenticada), y una copia de todo ello , haciéndosele la advertencia, que solo se valorarán los documentos originales justificativos de los cr6ditos objeto de referencia en el presente escrito y que no producirá los efectos del Art. 85 y siguientes de la Ley Concursal, ningún otro documento aportado que no cumpla con lo anteriormente referido, sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 92 de la Ley Concursal, y sin que por este Juzgado, se conceda plazo adicional alguno para subsanar defectos, por lo que será la Administración Concursal, la que deberá realizar su pertinente análisis, y la que asumirá que los documentos créditos son originales y que los mismos reúnen los requisitos fijados por la Ley La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores. Publíquese extracto de la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado de conformidad con lo previsto art 23.1 de la LC en su nueva redacción dada por el RDL 3/09, de 27 de marzo. La publicación será gratuita. Inscríbase en el Registro Mercantil de Tenerife la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición y el nombramiento de los administradores concursales, librando al efecto el oportuno mandamiento. Anótese preventivamente lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición y el nombramiento de los administradores concursales, en los registros públicos en que figuren inscritos bienes del concursado, librando el efecto el oportuno mandamiento. Una vez firme este auto líbrese mandamiento para conversión de la anotación preventiva en inscripción. Los respectivos oficios y mandamientos se entregaran al Procurador de la solicitante que deberá acreditar en el plazo de cinco días haber procedido a su presentación. Comuníquese la declaración del concurso al Juzgado Decano de Santa Cruz de Tenerife para su traslado a los Juzgados de Primera Instancia, de lo Social. Comuníquese igualmente al Fondo de Garantía Salarial. Los legitimados conforme a la Ley Concursal para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el inter6s del concurso. Fórmense las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezaran con testimonio de este auto. Notifíquese el auto a las partes personadas. Este auto producirá de inmediato los efectos previstos en la Ley Concursal para la declaración de concurso. Contra la DECLARACIÓN DE CONCURSO Cabe, por quien acredite interés legítimo RECURSO DE APELACIÓN ante la Audiencia Provincial que no tendrá carácter suspensivo. El recurso se preparará por medido de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de CINCO DIAS, contados desde la publicación del anuncio de declaración del concurso en el BOE y limitado a citar la resolución recurrida. Se informa a las partes que para interponer recurso contra cualquier resolución dictada por este juzgado será imprescindible consignar en la cuenta del juzgado 2273 0000 código de procedimiento (dos numeros), n° de procedimiento con 4 números y año (dos numeros). Acompañando al escrito de preparación del recurso el correspondiente resguardo de ingreso, debiendo hacer constar en el citado resguardo que se trata de depósito para recurso, con la cantidad de 50 euros. Se apercibe a las partes que no se admitirá ningún recurso en el que no se haya consignado su correspondiente depósito todo ello de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, del poder judicial. Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe." Y con el fin de que se lleve a cabo lo acordado, le dirijo el presente que espero devuelva cumplimentado por el conducto de su recibo. HACIENDOLE SABER QUE UNA VEZ SE PRODUZCA LA ACEPTACIÓN DEL CARGO DEL ADMINISTRADOR CONCURSAL, SE LE COMUNICARA A LOS EFECTOS DE LAS ANOTACIONES REGISTRALES PERTINENTES. Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 15 de noviembre de 2010. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL".-
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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