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Concurso de acreedores terminado San Martin Sa

El 03-02-2012, San Martin Sa, en AS PONTES DE GARCIA RODRIGUEZ (La Coruña) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es A15060148. La actividad (principal) de San Martin Sa es ingeniería civil.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
San Martin Sa
Localidad:
AS PONTES DE GARCIA RODRIGUEZ
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A15060148
Número de insolvencia:
A15060148
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
LG :
CRUZ DAS CABEZAS 0
15320 AS PONTES DE GARCIA RODRIGUEZ
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-12-2018
A180071758
 
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

D. FERNANDO SANTISO VÁZQUEZ, Letrado de la Administración de Justicia del JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 1 de A CORUÑA,

Por el presente, hago saber:

NIG DEL PROCEDIMIENTO 15030 47 1 2012 0000006.

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º SECCION I DECLARACIÓN CONCURSO 0000007 /2012 se ha dictado en fecha 13 de noviembre de 2018 AUTO CONCLUSIÓN del procedimiento concursal del deudor SAN MARTÍN, S.A., A-15060148, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial Cruz das Cabezas, s/n, As Pontes, de García Rodríguez.

1. Declarar concluso el procedimiento concursal registrado número 7/2012 referente al deudor San Martin, S.A., por finalización de las operaciones de liquidación.

La administración concursal presentará, en su caso, un informe justificativo del destino dado a los importes que figuran al Hecho Cuarto.

2. Decretar el archivo de las actuaciones.

3. El cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes, salvo las que en su caso se contuvieren en la sentencia firme de calificación.

4. La extinción de la persona jurídica deudora.

5. Librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

6. Anunciar esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.

7. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales y administrativos que acordaron la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

8. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

A Coruña, 15 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Adminsitración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

11-02-2012
A120006743
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

D./D.ª Domingo Villafáñez García, Secretario/a judicial del Juzgado de lo mercantil n. 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

NIG del procedimiento 15030 47 1 2012 0000006

1.º Que en los autos seguidos en este juzgado con el n.º sección I declaración concurso 0000007 /2012 se ha dictado a instancias de don Javier Carlos Sánchez García en fecha 17 de enero auto de declaración de concurso del deudor San Martín, S.A. A-15060148 cuyo centro de intereses principales lo tiene en polígono industrial cruz das cabezas, s/n As Pontes de García Rodríguez.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la ley concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

5.ª Que ha sido designado administrador concursal el letrado don Alberto García-Pombo Fernández con despacho abierto en A Coruña, Avda. Primo de Rivera, 2-4.º izda y correo electrónico sanmartín@garcíapombo.com

A Coruña, 3 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.

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