EDICTO
D.ª María de las Nieves García Pérez, Secetario del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander,
Hago saber: Que en el procedimiento de referencia Concurso ordinario nº 2/2011 se ha acordado por Auto de fecha 17 de enero de 2015 acalrado por auto de 25 de noviembre de 2015, lo siguiente:
1. Se declara concluso el presente concurso de LA CAPIA, S.L., CIF B39658398 por insuficiencia de masa activa del concursado, procediéndose al archivo de las actuaciones.
2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal.
4. Se acuerda el cese de la administración concursal.
5. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de LA CAPIA, S.L., CIF B39658398, y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme.
Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal.
Santander, 17 de marzo de 2016.- Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santander.
Doña María de las Nieves García Pérez, Secretario/a Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Santander,
1. Que en el procedimiento concursal 330/2011, por auto de 13 de febrero de 2013, se ha acordado la Apertura de la Fase de Liquidación en el concurso del deudor La Capía, S.L., con CIF número B39658398, y con domicilio en el B.º Tarriba, n.º 3, San Felices de Buelna - Cantabria.
2. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
3. De conformidad con el art. 145.3 LC se declara la disolución de La Capía, S.L., así como el cese de sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
4. Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el art. 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.
5. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Santander, 22 de marzo de 2013.- El/La Secretario.
Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander, hago saber:
1. Que en el procedimiento concursal número 00330/2011, referente al concursado "La Capía, S.L.", se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el próximo día 24 de enero de 2013, a las 10,00 horas.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuesta de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Y para que sirva de notificación y se fije en el tablón de anuncial del Juzgado expido la presente.
Santander, 8 de noviembre de 2012.- La Secretaria.
Doña María de la Nieves García Pérez, Secretario/a Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1, hago saber:
1.- Que en el procedimiento concursal n.º 0000330/2011, referente al deudor La Capía, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.-Dentro del plazo de diez días, a contar de la última publicación de los edictos que se han ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y como publicidad complementaria en la página Web del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Santander, 16 de abril de 2012.- El/La Secretario.
Edicto
María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil nº 1 de Santander,
Hago saber:
1.º Que en el procedimiento concursal 0000330/2011, por auto de fecha 20/10/2011 se ha declarado en concurso al deudor La Capia, S.L., con C.I.F. número B39658398, y con domicilio en San Felices de Buelna, Cantabria, B° Tarriba N° 3.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en la página Web del TSJC.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Santander, 20 de octubre de 2011.- La Secretario Judicial.