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Concurso de acreedores terminado Creaciones Toypes, Sl

El 18-05-2011, Creaciones Toypes, Sl, en LALIN (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PONTEVEDRA. El número de insolvencia de esta empresa es B36021723. La actividad (principal) de Creaciones Toypes, Sl es confección de prendas de vestir.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Creaciones Toypes, Sl
Localidad:
LALIN
Provincia:
Pontevedra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B36021723
Número de insolvencia:
B36021723
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DA CORREDOIRA 33
36500 LALIN
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-03-2019
A190010633
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

EDICTO

Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº. 1 de Pontevedra, en cumplimento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Que en el procedimiento nº 31/11, por auto de fecha 13/2/19, se ha acordado la conclusión del concurso voluntario del deudor Creaciones Toypes, S.L., cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

1.- Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de Creaciones Toypes, S.L., con C.I.F. B36021723, con domicilio en Corredoira s/n, Lalín, Pontevedra, con los efectos legales inherentes.

2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal y el cese de los Administradores Concursales.

4.- Se acuerda la extinción de la sociedad Creaciones Toypes, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).

Pontevedra, 14 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martin.

10-01-2012
A110095234
 
  • Cese de los Administradores
 

El órgano judicial Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra,

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 40.4 de la Ley Concursal, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número sección I declaración de concurso 0000031/2011, en el que figura como deudora "Creaciones Toypes, S.L.", por auto de fecha 12/12/11, se ha cambiado la situación de aquél en relación con las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, que han quedado de la forma siguiente:

"Se suspenden las facultades de administración y disposición del patrimonio del concursado, que son sustituídas por la administración del concurso."

Pontevedra, 12 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.

04-06-2011
43745
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, hago saber:

1.º Que en el procedimiento n.º 31/11, por auto de fecha 18 de mayo de 2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Creaciones Toypes, S.L.", con CIF B-36021723, y domicilio en Corredoira, s/n, Lalín (Pontevedra).

2.º La deudora conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejecicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración del concurso, conforme a lo dispuesto en el art. 23 y en la forma prevista en el art. 85 de la LC.

Dicha comunicación se remitirá directamente, por escrito, al Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, sito en calle Rosalía de Castro, n.º 5, Pontevedra.

Pontevedra, 18 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.

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