Edicto.
D.ª Carmen Fresneda García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 660 /2010 referente al concursado R Y G CONSTRUCCIONES 97, S.L., con número de CIF B-81700197, por auto de fecha 12/03/2012, se ha acordado lo siguiente:
1. Cerrar la fase común y Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se declara disuelta la mercantil R y G Construcciones 97,s.l. cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
5. Se acuerda la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de este juzgado y en el BOE.
6. Se abre la fase de calificación dentro de los cinco días siguientes a la última de las publicaciones, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección sexta alegando por escrito lo que considere relevante para la calificación del concurso como culpable (artículo 168 LC).
Madrid, 12 de marzo de 2012.- La Secretaria.
Edicto.
Doña María del Carmen Fresneda García, Secretaria del Juzgado de los Mercantil número 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
Primero.-Que en el procedimiento número 660/2010, por auto de fecha 3 de mayo de 2011, se ha declarado a instancia de "Gestion deTierras y Estructuras, Sociedad Limitada", y "Inversiones Segura Sarria, Sociedad Limitada", en concurso necesario abreviado a la deudora "R y G Construcciones 97, Sociedad Limitada", con C.I.F. número B-81700197, con centro de sus intereses principales en Bustarviejo (Madrid), calle Calvo Sotelo, número 5, que coincide con el lugar de su domicilio.
Segundo.-Que la deudora ha sido suspendida en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración consursal.
Tercero.-Que los acreedores de la consursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días contados desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración del concurso.
Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado mediante escrito dirigido a la Sección Primera y a través del mencionado Decanato (artículo 184.3 LC).
Madrid, 3 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.