El 16-02-2011, Persona física, en A CAÑIZA (Pontevedra) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es 35761614H. La actividad (principal) de Persona física es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
La Junta de Acreedores está planificada.
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Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
35761614H
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Convocatoria de Junta de Acreedores
Edicto.
Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,
Hago saber: Que en el expediente de Concurso voluntario abreviado número 71/2011. se ha acordado en virtud de auto dictado en fecha 11 de enero de 2012 la convocatoria judicial de Junta de acreedores del concursado don César Mera Rodríguez para el próximo día 16 de febrero de 2012 a las 10:30 horas, que se celebrará en la sala de audiencias de este Juzgado.
Se hace saber a los concursados y a los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, que podrán presentar propuesta de convenio desde la notificación de esta resolución, hasta 20 días antes de la celebración de la Junta.
Y para que sirva de publicación, expido el presente edicto en
Girona, 11 de enero de 2012.- El Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.
El Juzgado Mercantil 1 de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 71/2011 concurso, por auto de fecha 16 de febrero de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor César Mera Rodríguez, con DNI 41.551.739-P y domicilio en calle 8 de julio de 1809, número 39, de Girona.
2.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
3.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
4.º Que la/el concursada/o conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del/de los administrador/es concursal/es, mediante su autorización o conformidad.
Girona, 16 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.
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