Doña Paula Jarne Corral, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca,
Hago saber:
1.-Que en el procedimiento concursal número 12/2011 referente al concursado JULIO CABALLO, S.L., con CIF B22128110 y domicilio en calle Valle del Cinca, Polígono Paules, Parcela 75, de Monzón (Huesca), por auto de fecha 21 de febrero de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso por inexistencia de bienes o derechos del concursado, así como la extinción de la personalidad jurídica del concursado
2.-La misma resolución ha acordado aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Huesca, 24 de febrero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Paula Jarne Corral.
Edicto
D. Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, anuncia:
1.- Que en la Sección 5.ª de liquidación del concurso de acreedores 12/2011 referente al concursado Julio Caballo, S.L., con CIF: B 22.128.110, se ha dictado con fecha 5 de mayo de 2014, Auto aprobando el plan de liquidación presentado por la Administración concursal.
2.- Dicha resolución ha acordado la reapertura de la sección VI de calificación, que se publicará mediante edictos en BOE y tablón de anuncios del Juzgado, haciendo saber a cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo que podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable en razón de incumplimiento de convenio por causa imputable al concursado, dentro de los diez días siguientes a la última publicación de la presente
Expirado dicho plazo, la administración concursal presentará un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.
Huesca, 5 de mayo de 2014.- Secretario Judicial.
Edicto
D. Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, anuncia:
1.- Que en la Sección V, Liquidación 12/2011, referente al concursado Julio Caballo, S.L., con CIF B 22128110, se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el día 18 de marzo de 2014, el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.
2.- El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.
Huesca, 18 de marzo de 2014.- Secretario Judicial.
Edicto
Don Luis Francisco Bernal Martín, Secretario judicial del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, anuncia:
Que en el concurso de acreedores 12/2011, referente al deudor Julio Caballo, S.L, con CIF B 22128110 cuyo domicilio lo tiene en Monzón (Huesca) Valle del Cinca, polígono Paules, parcela 75A, por auto de esta fecha se ha acordado lo siguiente:
1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.-Declarar disuelta la sociedad, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Huesca, 21 de febrero de 2014.- Secretario judicial.
Edicto
D. Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, anuncia:
1.- Que en la Sección V Convenio 12/2011, en el que figura como concursado Julio Caballo, S.L., con CIF: B-22128110, se ha dictado el día 4 de marzo de 2013, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por la procuradora la Sra. Hortensia Barrio Puyal en nombre y representación de Julio Caballo, S.L., y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día veintiuno de febrero de dos mil trece.
2.- El convenio está de manifiesto en la Oficina Judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación para su resolución por la Audiencia Provincial que se interpondrá en el plazo de veinte días computándose desde la última fecha de publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.
4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Huesca, 4 de marzo de 2013.- Secretario Judicial.
Edicto.
Don Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción número 3 y Mercantil de Huesca, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 12/2011 referente al concursado "Julio Caballo, S.L.", con CIF B22128110, se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 21 de febrero de 2013, a las 10:30 horas, en la sala de vistas de este Juzgado.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3. Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Huesca, 23 de octubre de 2012.- Secretario Judicial.
Don Luís Francisco Bernal Martín Secretario Judicial de Juzgado de Primera Instancia número 3 de Huesca, anuncia:
Primero.- Que en el sección I declaración concurso 0000012/2011, referencte a la deudora "Julio Caballo, Sociedad Limitada", se ha presentado informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
Segundo.- Dentro del plazo de diez dias, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Huesca, 19 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.
Doña Susana Montañés Antón, Secretaria Judicial de Juzgado de Primera Instancia número 3 de Huesca, por el presente hago saber:
Primero.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I declaración concurso 12/2011 se ha dictado en fecha 7 de febrero de 2011 auto de declaración de concurso voluntario de la deudora "Julio Caballo, Sociedad Limitada", con CIF B22.128.110, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Monzón (Huesca) Valle del Cinca, polígono "Paúles", parcela 75-A.
Segundo.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto con el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, caracteristicas y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
Tercero.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Huesca, 21 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial.