Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Bodegas Y Viñedos Castiblanque Sociedad Limitada

El 05-01-2011, Bodegas Y Viñedos Castiblanque Sociedad Limitada, en CAMPO DE CRIPTANA (Ciudad Real) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CIUDAD REAL. El número de insolvencia de esta empresa es B13338488. La actividad (principal) de Bodegas Y Viñedos Castiblanque Sociedad Limitada es fabricación de bebidas.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Bodegas Y Viñedos Castiblanque Sociedad Limitada
Localidad:
CAMPO DE CRIPTANA
Provincia:
Ciudad Real
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B13338488
Número de insolvencia:
B13338488
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ISAAC PERAL 19
13610 CAMPO DE CRIPTANA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-01-2011
843
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción num. 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento de lo dispuesto en el artícuo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el concurso voluntario n.º 1.142/2010-D, por auto de 5 de enero de 2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Bodegas y Viñedos Castiblanque, S.L.", con C.I.F.: B-13338488, con domicilio en calle Isaac Peral, n.º 19, de Campo de Criptana (Ciudad Real), que coincide con el centro de sus principales intereses.

2.º Que la deudora ha sido suspendida en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo susttituída por la administración concursal.

3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asitidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 5 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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