Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Cortijo De La Resinera S.L.

El 25-10-2017, Cortijo De La Resinera S.L., en ESTEPONA (Málaga) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es B92026913. La actividad (principal) de Cortijo De La Resinera S.L. es construcción de edificios.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Cortijo De La Resinera S.L.
Localidad:
ESTEPONA
Provincia:
Málaga
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B92026913
Número de insolvencia:
B92026913
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
REAL, 85 - 4 B 0
29680 ESTEPONA
Mostrar en tarjeta
-
UR :
GUADALMINA ALTA 0
29670 SAN PEDRO DE ALCANTARA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-11-2017
A170080599
 
  • Auto de declaración de concurso
 

EDICTO

El JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE MALAGA en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, ANUNCIA:

1º.- Que en el procedimiento número 613/2017 por auto de fecha 25/10/2017 se ha declarado en concurso necesario al deudor CORTIJO LA RESINERA SL, y con CIF B- 92026913, domicilio en Estepona (Málaga), calle Real 85, 4B, centro de principales intereses.

2º.- Que el deudor ha sido suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituidas éstas por la administración concursal.

3º.- Que la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL la integra D. Alberto Escudero Martinez, provisto de DNI 14700997H, de profesión Economista, con domicilio Jacinto Benavente nº 16 C.C. Las Flores Local-6 Marbella (Málaga), teléfono 952636309, y con dirección de correo electrónico escuges@gmail.com que designa a efectos de comunicación de créditos.

4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de UN MES a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 7 de noviembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
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