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Concurso de acreedores Gallega De Molienda De Clinker Sl

El 01-01-0001, Gallega De Molienda De Clinker Sl, en COIROS (La Coruña) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de OURENSE. El número de insolvencia de esta empresa es B32308124. La actividad (principal) de Gallega De Molienda De Clinker Sl es fabricación de otros productos minerales no metálicos.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Gallega De Molienda De Clinker Sl
Localidad:
COIROS
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B32308124
Número de insolvencia:
B32308124
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL DE COIROS 0
15316 COIROS
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-03-2019
A190016844
 
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil, número 2, de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Anuncia

1.º-Que en la Sección Sexta de Calificación, del Concurso Ordinario Número 44/2011, de la mercantil Gallega de Molienda de Clinker, S.L.U., se ha dictado sentencia de fecha 31 de julio de 2018.

2.º-Que el afectado por la calificación Alfredo Cuevas Tello, se encuentra en paradero desconocido.

3.º-Que a los efectos del artículo 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la notificación de la Sentencia se le hará mediante publicación de Edicto en el Boletín Oficial del Estado.

El Fallo de la Sentencia, en extracto de aquello que le afecta al Señor Cuevas Tello, es el siguiente

Fallo

2.-Declarar que son personas afectadas por esta calificación: Don José Luis Martínez Parra, don Juan Jesús Pérez Sanmarco y don Ángel Rodríguez Mallo, por lo que en consecuencia absuelvo a: doña María Isabel Martínez Parra; Rafael Martínez Molinero; don Alfredo Cuevas Tello; don Luis Pasín Villares; y don Pascual Más González.

Notifíquese a las partes la presente resolución advirtiendo no ser firme la misma conforme a lo dispuesto en el artículo 172 bis.4, pudiéndose interponer Recurso de apelación en un plazo de 20 días.

Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncia, manda y firma, Doña Amelia María Pérez Mosteiro, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 A Coruña, en comisión de servicio.

A Coruña, 14 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.

21-02-2011
10872
 

Edicto.

Don Emilio Alcalá-Zamora Canel, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección I declaración concurso 0000044/2011-J, se ha dictado auto declarando la competencia de este Juzgado para la continuación del concurso voluntario de la entidad "Gallega de Molienda Clinker, S.L.U.", con CIF B-32308124, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Coirós (A Coruña) que fue declarada en concurso por el Juzgado de 1.ª Instancia núm. 4 de Ourense en autos núm 872/10 en fecha 15 de noviembre de 2010, publicado en el BOE de fecha 10 de diciembre de 2010.

2.º Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio quedando sometido el ejercicio de esas facultades a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores que no hayan presentado sus créditos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Ourense para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a los previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecen en el procedimiento, deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

La Coruña, 28 de enero de 2011.- El Secretario Judicial.

10-12-2010
86208
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto.

Manuel Rodríguez Zarraquiños, Secretario del Juzgado de Primera instancia n.º 4 de Ourense, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaracion de concurso dictado por este Juzgado.

Numero de Asunto. Concurso Voluntario Ordinario 872/2010.

Concursado. Gallega de Molienda Clinker, S.L.

Con CIf.: B-32308124.

Fecha de declaracion de concurso: 15 de noviembre de 2010.

Administrador concursal: José Ignacio Losada Castrillo, Letrado. Damian Lucio Juan, economista. Inversiones del Noroeste, S.L., acreedor.

Facultades del concursado: Se conservan.

Forma de personacion: mediante Abogado y Procurador en este Juzgado.

Llamamiento a acreedores: Disponen del plazo de un mes desde la publicacion de los edictos para comunicar los creditos a la administracion concursal en la forma prevista en el articulo 85 de la Ley Concursal.

Ourense, 17 de noviembre de 2010.- El Secretario.

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