Edicto
Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1. Que en el procedimiento n.º 253/2010, por auto de fecha 15 de octubre de 2010 se declaró en concurso voluntario al deudor Arroyo Xanadu, S.L., con C.I.F.: B-83.815.191, con domicilio social en la calle Bilbao, n.º 8, Arroyomolinos, 28939 Madrid.
2. Que con fecha 22 de octubre de 2013 se ha dictado resolución por la que se acuerda:
1.º Aprobar las cuentas presentadas por el administrador concursal único don Rafael Abati García-Manso, al no haber existido oposición a las mismas.
2.º Se acuerda la conclusión del presente procedimiento concursal por haber finalizado la fase de liquidación.
3.º Se acuerda la extinción de la entidad Arroyo Xanadu, S.L. y el cierre de su hoja de inscripción registral para los que expedirá mandamiento al Registro Mercantil de Madrid, en el momento que conste tesorería.
4.º A la presente resolución, que se comunicará a las partes personadas, se le dará la publicidad prevista en el artículo 23.1 y la contemplada para la declaración del concurso, anunciándose mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, así como la establecida en el artículo 24 de la Ley Concursal.
Madrid, 22 de octubre de 2013.- Secretario Judicial.
Edicto.
Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento n.º 253/2010 por auto de fecha 15 de octubre de 2010 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Arroyo Xanadú, S.L.", con C.I.F.: B-83.815.191 y domicilio en la calle Bilbao, n.º 8, Arroyomolinos, 28939 Madrid.
2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC).
Madrid, 15 de octubre de 2010.- La Secretaria judicial.