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Concurso de acreedores terminado Osarbi Soluciones Globales Sociedad Limitada

El 06-10-2010, Osarbi Soluciones Globales Sociedad Limitada, en ARRANKUDIAGA (Vizcaya) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BILBAO. El número de insolvencia de esta empresa es B95395430. La actividad (principal) de Osarbi Soluciones Globales Sociedad Limitada es servicios a edificios y actividades de jardinería.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Osarbi Soluciones Globales Sociedad Limitada
Localidad:
ARRANKUDIAGA
Provincia:
Vizcaya
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B95395430
Número de insolvencia:
B95395430
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Actividades administrativas y servicios auxiliares
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
CL TRAVESIA A 0
48498 ARRANKUDIAGA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
17-11-2014
A140056541
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 586/2010 en el que figura como concursado Osarbi Soluciones Globales, S.L., con CIF número B95395430, con domicilio en calle travesía A Uribarri, número 1, 4.º C, Bilbao, se ha dictado el 25 de noviembre de 2013 Auto declarando concluso el concurso y el archivo de las actuaciones por haber quedado firme y cuya parte dispositiva figuran los particulares siguientes:

Parte dispositiva

Primero. Se declara concluso el procedimiento concursal número 586/2010 referente al deudor Osarbi Soluciones Globales, S.L., por inexistencia de bienes y derechos suficientes para la satisfacción íntegra de los créditos de sus acreedores y se acuerda el archivo de las actuaciones.

Segundo. Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Tercero. Se declara que el deudor Osarbi Soluciones Globales, S.L., queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.

Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Para ello, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores, se equiparará a una sentencia de condena firme.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de Registro Mercantil de Bizkaia a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

Cuarto. Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

Quinto. Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado. La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado y de la masa activa.

Sexto. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

Séptimo. Si dentro del plazo de cinco años aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

Octavo. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración Concursal.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

Lo acuerda y firma S.S.ª. Doy fe.

Firma del Juez. Firma del Secretario.

Bilbao, 25 de noviembre de 2013.- El Secretario judicial.

25-05-2011
41474
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia

Que en el procedimiento concursal número 586/10 referente al concursado Osarbi Soluciones Globales, Sociedad Limitada, con NIF B95395430, por auto de fecha 16-5-2011 se ha acordado lo siguiente:

Primero. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

Segundo. Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Tercero. Se ha declarado disuelta la mercantil Osarbi Soluciones Globales, Sociedad Limitada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

Cuarto. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Bilbao (Bizkaia), 16 de mayo de 2011.- El/La Secretario Judicial.

29-01-2011
4059
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:

Primero.-Que en el procedimiento concursal número 586/10 referente al deudor Osarbi Soluciones Globales, Sociedad Limitada, con NIF B95395430, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Asimismo, se ha presentado escrito de evaluación de la propuesta anticipada de liquidación.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Segundo.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

En el mismo plazo podrán formular observaciones a la propuesta anticipada de liquidación presentada por el deudor.

Tercero.-Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Cuarto.-El deudor no ha presentado propuesta de convenio.

Bilbao, 13 de enero de 2011.- El/la Secretario Judicial.

21-10-2010
75340
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero. Que en el procedimiento número 586/10, por auto de 6-10-2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Osarbi Soluciones Globales, Sociedad Limitada, con NIF, B95395430, con domicilio en travesía A Uribarri, número 1, 4º C. Bilbao y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao.

Segundo. Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

Tercero. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Bilbao, 8 de octubre de 2010.- El/La Secretario Judicial.

Informes
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