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Concurso de acreedores terminado Hilayes Sociedad Limitada

El 16-07-2012, Hilayes Sociedad Limitada, en ALFARO (La Rioja) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LOGROÑO. El número de insolvencia de esta empresa es B26192724. La actividad (principal) de Hilayes Sociedad Limitada es fabricación de otros productos minerales no metálicos.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Hilayes Sociedad Limitada
Localidad:
ALFARO
Provincia:
La Rioja
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B26192724
Número de insolvencia:
B26192724
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL TAMBARRIA 0
26540 ALFARO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-02-2020
A200005092
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal,

Anuncia

1º.- Que en el procedimiento número 638/2012, N.I.G.: 26089 42 1 2012 0005113, por auto de fecha 28 de enero de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso seguido relativo a la mercantil Hilayes, S.L., con domicilio social en Polígono Tambarría s/n, de Alfaro (La Rioja), con CIF B-26192724.

Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.

2º.- Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada.

3º.- La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.

4º.- Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Hilayes, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de La Rioja.

5º.- A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal.

Logroño, 28 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Asunción González Elías.

02-02-2015
A150003767
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal 638/2012, NIG: 26089 42 1 2012 0005113 referente al concursado Hilayes, S.L., se ha dictado Auto con fecha 28 de enero de 2015, por el cual se acuerda:

1. Abrir la fase de liquidación del presente concurso 638/2012, relativo a la mercantil Hilayes, S.L.

2. Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3. Disolver la entidad concursada Hilayes, S.L., y cesar a los Administradores sociales o liquidadores que serán sustituidos por la Administración concursal.

4. Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

5. Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, y Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC).

6. Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos (artículos 24 y 144 de la LC).

7. Que en el plazo de diez días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración concursal de Hilayes, S.L., presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

8. Se ordena la reapertura de la Sección Sexta del concurso, conforme a lo establecido en el artículo 167.2.1.º de la LC, con incorporación a ella de las actuaciones anteriores y de esta resolución.

Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en el plazo de cinco días desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la LC.

Logroño, 28 de enero de 2015.- La Secretaria judicial.

03-07-2013
A130038749
 
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6, de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 638/2012, NIG.: 26089 42 1 2012 0005113, relativo a la mercantil Hilayes S.L., con domicilio social en Polígono Tambarría s/n, de Alfaro (La Rioja), con CIF B-26192724, por Sentencia de fecha 18 de Junio de 2013, se acuerda:

1.- Aprobar el convenio presentado por la Procuradora señora Gómez del Río en nombre y representación de Hilayes, S.L., al que quedarán vinculados sus acreedores.

2.- Concluir la fase del convenio.

3.- Declarar que cesan todos los efectos de la declaración del concurso, quedando sustituidos por los que se establecen en el propio convenio, sin perjuicio de los deberes de los deudores de comparecer ante este Juzgado tantas veces sean requeridos, colaborar e informar en todo lo necesario para el interés del concurso y el convenio.

4.- Formar la Sección 6.ª con testimonio de esta resolución, que se tramitará conforme a lo previsto en el capítulo II del título VI de la Ley Concursal.

5.- Declarar cesada a la administración concursal salvo su intervención en la Sección 6.ª, debiendo proceder a rendir cuentas en el término de tres meses desde la notificación de esta sentencia, y en lo relativo al abono de los créditos contra la masa en la forma establecida en esta resolución.

6.- Ordenar a la concursa que informe semestralmente a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

7.- Publicar esta sentencia en el Boletín Oficial del Estado, en la forma que dispone el artículo 23 de la Ley Concursal.

Logroño, 19 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

15-04-2013
A130017685
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja,

Anuncia

1.-Que en el procedimiento concursal número Sección V Convenio 638/2012 referente al concursado Hilayes, Sociedad Limitada, se suspende y se deja sin efecto el señalamiento acordado para el día dieciséis de mayo de 2013, a las 09:30 horas, que tenía por objeto la celebración de la Junta de acreedores, y se señala nuevamente para que tenga lugar la misma, en la Sala de Vistas número 2, el próximo día veintiuno de mayo de 2013, a las 09:30 horas.

Logroño, 2 de abril de 2013.- La Secretaria judicial.

26-02-2013
A130008545
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto.

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número Sección I Declaración concurso 638/2012 referente al concursado "Hilayes, Sociedad Limitada", se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 16 de mayo de 2013 a las 9:30 horas en la Sala de Vistas número 2.

2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la Ley Concursal.

3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la Ley Concursal.

Logroño, 7 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

15-10-2012
A120069114
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, anuncia:

1. Que en la Sección I declaración Concurso 638/12, referente al deudor Hilayes, Sociedad Limitada, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2. Dentro del plazo de "diez días", computado desde la última de las publicaciones de éste edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Logroño, 3 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

02-08-2012
A120055908
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Doña María Asunción González Elías, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja,

Por el presente, hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial Sección Primera Declaración de Concurso Voluntario Abreviado número 638/2012 se ha dictado en fecha 16 de julio de 2012 Auto de Declaración de Concurso del deudor "Hilayes, S.L.", con domiciio social en Alfaro (La Rioja), Polígono de Tambarria, sin número, y CIF B-26.192.724.

Segundo.- Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a "Leycon Administra, S.L.P.", habiendo comparecido en representación de esta, y en su condición de administrador solidario, el economista don Alfonso Ángel Gil Ortigosa, con domicilio postal en Logroño, Avda. de Portugal, número 27-29, 2.º, 6.ª, y dirección electrónica señalada administra@leycon.es para que los acreedores, a su elección, efectuén la comunicación de créditos.

Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

Logroño, 24 de julio de 2012.- La Secretaria judicial.

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